En los primeros días de noviembre saltó una noticia difundida por Alicante Plaza: Defensores del patrimonio local intentan evitar el derribo de parte del edificio de Riegos El Progreso. Casi al mismo tiempo, personas integradas en el grupo de defensa del Mercado Central me hicieron llegar observaciones en este sentido. Y ayer me llegó un informe con petición de firma para presentar ante las autoridades competentes solicitando la paralización del proyecto, aprobado recientemente por la Junta de Gobierno local.
La calidad del informe me ha hecho intentar adaptarlo al formato del blog para publicarlo en su totalidad, junto a alguna de las imágenes alojadas en la cátedra Pedro Ibarra, que nos permiten hacernos mejor a la idea de lo que se habla, junto a algunas observaciones personales incluyendo por supuesto la petición de firma para que a su vez las personas, asociaciones y entidades preocupadas por la desaparición de este edificio puedan hacer llegar la petición. Y esto es lo que ha salido.
Desconozco quien es el autor o autores del informe, así que no he podido pedirles el oportuno permiso, pero están a tiempo porque si me lo dicen puedo citarlo, incluir las modificaciones que considere oportunas o eliminar la entrada.
TEXTO COMPLETO DEL INFORME CON RECOGIDA DE FIRMAS
Yo………………………………………………………………………..…..,
CON D.N.I. ………………………………..……,
domicilio en ……………………………………………………………, nº …….,
código postal……………………… de ………………………….,
provincia de ……………………………………. , y correo electrónico ………………………………………………………….
INFORMA A
CONSELLERIA DE EDUCACIÓ, INVESTIGACIÓ, CULTURA I ESPORT
DIRECCIÓN
GENERAL DE PATRIMONIO
INSPECCIÓN TÉCNICA DE ALICANTE:
INFORME POR DERRIBO INMINENTE DE LA “SALA DE VENTA DE AGUA” QUE
FUE PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD “NUEVOS RIEGOS EL PROGRESO, S.A.” Y HOY PROPIEDAD
PRIVADA DE PARTICULARES.
ANTECEDENTES
La Sala de Venta de Agua de la que vamos a informar, formó parte
en su día, desde su construcción en 1914 y hasta su venta a varios particulares
en 1996, de la sede social de “Nuevos Riegos El Progreso”, sociedad
nacida en 1906.
La finca está actualmente compuesta por tres elementos
catastrales. La Sala de Venta de Agua,
que es el que nos interesa ahora, con fachada a Plaza de la Constitución (ANEXO
I fig. 1); las oficinas, con fachada al carrer Empedrat, 5 (ANEXO I fig. 2), y
un patio central interior con servicio de paso (ANEXO I fig. 3).
Toda esta finca estuvo incluida en el primer Catálogo de Edificios
Protegibles de 1982 realizado por el Ayuntamiento de Elche con NIVEL DE PROTECCIÓN
ESTRUCTURAL.
Posteriormente, se introducen modificaciones para adecuarse al
nuevo Plan General de Ordenación Urbana de 1998, aunque no se modifica
el nivel de protección atribuido a la finca completa, que seguirá siendo NIVEL
DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL. La paradoja la encontramos en la ficha
técnica, en la que se le priva de la protección atribuida anteriormente, en
el mismo documento, por quedar fuera de alineación en la nueva propuesta
urbanística que contempla la alineación de los edificios de la Plaza de la
Constitución en su lado oeste, quedando únicamente protegida la fachada del
edificio modernista que da al carrer Empedrat, aún en uso como oficinas.
Estos aspectos se desarrollan y justifican más abajo.
Recientemente se ha solicitado por parte de los propietarios actuales
del inmueble y concedido por parte del Ayuntamiento de Elche el permiso de
derribo de dicha Sala de Venta de Agua con el patio anexo y construcción de
un nuevo edificio en este lugar privilegiado de la ciudad. El nuevo edificio,
como hemos apuntado anteriormente, se deberá adaptar a la normativa urbanística
actual y tendrá que retranquear la fachada hasta el alineamiento correspondiente,
perdiéndose unos 100m2 de solar que pasarán a dominio público por
los que el Ayuntamiento tendrá que indemnizar convenientemente con la elevación
de una planta más de las urbanísticamente atribuidas a esa zona urbana.
NORMATIVA
Según el artículo 46 de la Constitución Española “Los poderes
públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del
patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los
bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su
titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”,
dentro de los principios rectores de la política social y económica.
Según el artículo 12 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat
Valenciana, “la Generalitat velará por la protección y defensa de la identidad
y los valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a la diversidad
cultural de la Comunitat Valenciana y su patrimonio histórico”, asumiendo “en
su artículo 49.1.5ª, la competencia exclusiva en materia de patrimonio
histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico,
sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28 de la Constitución
Española”. Es por ello que apelamos a Vds.
Que según el art. 47.4 de la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural
Valenciano, en que se alude a que “El anuncio, según lo previsto en la
legislación urbanística, de la información pública de los Catálogos de Bienes y
Espacios Protegidos o de los Planes que los contengan determinará la aplicación
inmediata a los bienes calificados de relevancia local en dichos Catálogos del
régimen de protección y las medidas de fomento previstas en esta Ley para los
bienes del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano”. Por tanto,
entendemos que los bienes que figuran en él, adquieren calificación de BRL. Por
su parte, el art. 50.4 dice “Las licencias municipales de intervención en los
Bienes de Relevancia Local, así como las propias intervenciones cuando sean
llevadas a cabo sin necesidad de licencia y las órdenes de ejecución de
obras de reparación, conservación y rehabilitación, se ajustarán
estrictamente a las determinaciones establecidas en los Catálogos. Los
Ayuntamientos deberán comunicar a la Conselleria de Cultura, Educación y
Ciencia, en el plazo de diez días, las actuaciones que ellos mismos
realicen, las licencias de intervención concedidas y las órdenes de ejecución
que dicten sobre dichos bienes”, actuaciones entre las que no está
contemplada la demolición. Acto que damos por supuesto que el Ayuntamiento de Elche ha
realizado, pero del que en el momento de emitir este informe no tenemos
constancia documental.
Por su parte, el Ayuntamiento de Elche, redactó en 1982 el primer
Catálogo de Edificios Protegibles. Revisado en 1986, fue modificado en parte en
1998 para adaptarse a la normativa del nuevo Plan General de Ordenación Urbana
aprobado ese año.
En aquel primer Catálogo de Edificios Protegibles, se incluía con
muy buen criterio el edificio que la Sociedad poseía en la ciudad compuesto por
la Sede Social y la Sala de Venta de agua.
Sobre este edificio, dice el arquitecto Gaspar Jaén (1): “L’edifici
segueix albergant el mateix ús per al que fou creat: oficines i venda de
l’aigua del canal del Progrés”, “Com va pasar amb als altres edificis es parlà
de la possibilitat que l’Ajuntament el compràs. Està inclòs dins el Catàleg municipal
d’edificis protegibles del 1982, amb el núm. D-18”.
Fuente: Información, 11 Agosto 1982, donde se hace pública la relación del Catálogo aprobado. |
Fuente: Información, 11 Agosto 1982. Detalle en el que aparecen los dos edificios.
|
El 8 de mayo de 1998 se aprueba el Plan Especial de Protección y
Conjuntos del Término Municipal de Elche (2), donde se establecen los
niveles de protección para el patrimonio inmueble: integral, estructural y
ambiental. El edificio de Riegos El Progreso se integrará en el NIVEL
ESTRUCTURAL, con una nueva numeración, ahora el nº 25:
Integrado
como vemos por el conjunto que da a carrer Empedrat y a Plaza de la
Constitución.
En concreto, la protección lo es con Nivel de Protección
Estructural, que implica, según el mismo documento, en su página 4:
Con lo que constatamos el valor singular que le adjudica el mismo Ayuntamiento de Elche. En la última frase no sólo se refiere a la protección del edificio íntegro al “evitar su sustitución indiscriminada”, sino también su “articulación interna, el uso y el modo especial de ocupación del espacio”, quedando bien definido a qué elementos afecta la protección del mismo. Además, en el artículo 28 claramente indica que no será afectado por la ordenación urbana y, por tanto, de alineaciones:
También el artículo 43,
remite a las obras que se pueden realizar en este edificio, limitadas a la restauración,
rehabilitación y reestructuración, tal como indica la LPCV para los Bienes de Relevancia
Local:
En cambio, en la ficha que figura en la página 61 del anexo, con las
fichas correspondientes a los elementos de la ciudad (3),
vemos que parte de este conjunto refleja otras condiciones distintas a las que
el mismo articulado del documento y la ley de protección le dota. Aquí es donde
encontramos una paradoja:
Claramente esta ficha se contradice con el artículo 28 antes incluido, ya que sí se ve afectado por la ordenación urbana, en este caso por la alineación de Filet de Fora, a la altura de la Plaza de la Constitución. No entendemos por qué, después de tener claro todo el articulado anterior ahora “la protección únicamente comprende la parte del edificio recayente a la calle Empedrat”. Consideramos que esto es una contradicción que afecta directamente al patrimonio ilicitano, concretamente a la parte del edificio que da a la Plaza de la Constitución, la antigua Sala de Venta de Agua. Este edificio consta, como hemos visto antes, de tres partes catastrales (ANEXO I). Desde 1996 la que corresponde a la Sala de Agua, pertenece a otros propietarios. No entendemos por qué no se descatalogó directamente en 1998. El hecho de permanecer como un todo, nos indica precisamente eso, que se entiende como un todo patrimonialmente indisoluble.
Claramente esta ficha se contradice con el artículo 28 antes incluido, ya que sí se ve afectado por la ordenación urbana, en este caso por la alineación de Filet de Fora, a la altura de la Plaza de la Constitución. No entendemos por qué, después de tener claro todo el articulado anterior ahora “la protección únicamente comprende la parte del edificio recayente a la calle Empedrat”. Consideramos que esto es una contradicción que afecta directamente al patrimonio ilicitano, concretamente a la parte del edificio que da a la Plaza de la Constitución, la antigua Sala de Venta de Agua. Este edificio consta, como hemos visto antes, de tres partes catastrales (ANEXO I). Desde 1996 la que corresponde a la Sala de Agua, pertenece a otros propietarios. No entendemos por qué no se descatalogó directamente en 1998. El hecho de permanecer como un todo, nos indica precisamente eso, que se entiende como un todo patrimonialmente indisoluble.
En cuanto a los criterios de alineación para su descatalogación,
podemos alegar al cambio en los criterios de protección y conservación del
Patrimonio a que hemos asistido en las últimas décadas por parte de los
organismos dedicados a la salvaguarda del Patrimonio, desde los organismos
internacionales y nacionales, hasta los Planes Nacionales del Ministerio de
Cultura y la propia legislación valenciana. Gracias a ellos, hemos pasado de
adaptar el Patrimonio a los planes urbanísticos, a que éstos últimos se
adapten, con las medidas correctivas oportunas, al Patrimonio, respetando
nuestro legado e incluso con medidas de intervención que lo pongan en valor.
Creemos que puede haber otras soluciones antes del derribo.
En este sentido, dice Jaén (4): “Molt més important per
la seua incidencia urbana és el cos de la plaça del Pinyó (5),
amb l’entorn construït totalment degradat per les reculades obligatòries dels edificis;
peró, fins i tot enmig de la desfeta de l’espai urbà, destaca la qualitat
d’aqueta façana clàssica”.
JUSTIFICACIÓN PARA SU CONSERVACIÓN Y PUESTA EN VALOR
Este edificio singular y único en Elche forma parte de todo un
conjunto de estructuras industriales dedicadas al servicio de agua de riego en
el campo de Elche. Este servicio tuvo un impacto geográfico, económico y social
que podríamos calificar de revolucionario, pues cambió los tradicionales campos
de secano en campos de regadío, suponiendo un cambio fundamental en el paisaje
cultural ilicitano. La novedad respecto a los sistemas de riego tradicionales
del campo de Elche consistió en el aprovechamiento de las aguas sobrantes del río
Segura cerca de su desembocadura en Guardamar para ser impulsadas por sistemas mecánicos
de bombeo y volver a iniciar su ciclo de riego. Este sistema fue creado por el ingeniero
Ernesto Martínez Riviere, que en 1906 logró convencer a un grupo de
agricultores de la pedanía ilicitana de La Marina para poner en marcha el
proyecto. A pesar del tiempo que transcurrió hasta lograr dar el servicio de
agua en 1910 mientras se construían las infraestructuras necesarias, el invento
fue un éxito. Tanto, que se harían más proyectos en años sucesivos y la
sociedad comenzaría a ampliarse exponencialmente con más socios. E incluso surgieron otras sociedades a imitación de esta, como es Riegos de Levante de la que participó como accionista el mismo Alfonso XIII.
Este proyecto llegó en 1917 a cubrir todo el campo de Elche al sur
de la Acequia Mayor del Pantano, creando un nuevo paisaje de canales, azarbes,
puentes, casetas para las bombas elevadoras, etc. y, como no, un edificio para
el domicilio social, con las funciones de oficina, casa del conserje y Sala de
Venta del Agua, en la propia ciudad del que adjuntamos solicitud de permiso de
obra y su correspondiente concesión por el Ayuntamiento de Elche en 27 de julio
de 1914, por tanto con más de cien años de antigüedad (Anexo II, fig. 4).
En cuanto al sistema utilizado para la venta del agua, se realiza
por el sistema tradicional en Elche de subasta, siendo uno de los pocos lugares
en el mundo donde aún perdura dicho sistema, así como su Sala donde se
realizaba este acto. Y este es otro de nuestros Patrimonios, en este caso
PATRIMONIO INMATERIAL, que una Comunidad de Regantes y una Sociedad usan hasta
el día de hoy y, si reciben el apoyo de las instituciones públicas, podrán
seguir haciéndolo, ya que la Sociedad ha tenido que superar distintas crisis y
ha estado a punto de extinguirse en algunos momentos.
Este sistema de reparto y venta de agua, se materializa y tiene
sentido EN EL MARCO del edificio en cuestión. Y si pocos lugares conservan o
han utilizado este sistema (pensamos únicamente en el PROTEGIDÍSIMO Tribunal de
las Aguas de Valencia) mucho menos existen Salas de Venta de Agua en todo el
mundo. Por lo que cabe reconocer en éste edificio que ahora nos ocupa una
SINGULARIDAD incuestionable que hace necesaria su PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN
ÍNTEGRA.
También queremos resaltar el buen estado de conservación de toda
la finca en todos sus elementos (ver fotografías en ANEXO III).
Con respecto a la Sala de Venta de Agua que nos ocupa, la fachada
de este edificio está realizada con sillares de piedra y recubrimientos que
estéticamente han generado una fachada de estilo neoclásico monumental de
perfecta factura. La cubierta es de teja a dos aguas, con cuarto de falsa
bóveda al interior que permanece intacta y que genera una amplia sala diáfana cuadrangular.
Pocos edificios presentan tan buen acabado, sobre todo que la huella del tiempo
han dejado pocas secuelas en ellos aparte de alguna pequeña humedad, la
oxidación de las persianas exteriores o la falta de pintura en la magnífica
carpintería. El piso interior está cubierto de loseta de barro y todavía se
encuentra en el edificio la tarima sobre la que hasta hace poco se ha celebrado
la Venta del Agua y alguna de las pizarras. El resto de elementos que la
integraban (pizarras, sillería, mesas, etc.) hoy constan como fondos del Museo
Escolar Agrícola de Pusol, situado en esta pedanía de Elche.
De él nos dice Jaén, pues lo incluye en su inventario de edificios
de Elche: “El cos de la plaça del Pinyó és una gran construcción de composició
clàssica. Té un gran portal central i una gran finestra a cada costat. Dues
cornises corren per l’acabament i, al damunt, en el centre, hi ha un frontó
circular. El sòcol es de pedra, com també les quatre tires verticals disposades
com 10 pilastres que divideixen la façana en tres cossos verticals. En portes i
finestres hi ha nombrosos detalls ornamentals modernistes europeus. Les dues
façanes tenen el color de la pedra”(6). Y continúa: “El cos de
la plaça del Pinyó és un volum sobri i contundent que contrasta amb l’altre (7).
La façana està composta només amb tres obertures, d’una gran escala, la mateixa
que té tota la façana. El frontó circular de les cornises i els dibuixos de les
pedres remarquen les formes clàssiques. Fet i fet, tot l’edifici és
perfectament unitari si el considerem hereu del variat eclecticisme de final
del segle XIX, i és un dels més interessants d’Elx”(8). Con
estas palabras del arquitecto ilicitano Gaspar Jaén creemos que queda bien
patente el interés y singularidad de este edificio y la necesidad de su
salvaguarda.
En cuanto a medidas de puesta en valor, si el consistorio carece
de ideas para su puesta en valor, aportamos la nuestra particular de
recuperación del edificio y creación de Museo del Agua, como receptáculo
para recuperar todo el patrimonio hidráulico referido al riego en Elche, para
mostrar algunos ejemplares de sus magníficos documentos de archivo (o sus reproducciones),
fotografías, dibujos y pinturas que esta y otras comunidades ilicitanas de riego
han generado y que necesitan tener visibilidad ante el público local y foráneo,
punto de inicio de una “ruta del agua” que puede generar un interesantísimo PR
para Elche. Es más, recuperar el mobiliario depositado en el Museo de Pusol (en cesión o el sistema
que se convenie) y, lo más importante, se sigan celebrando las subastas de
agua en él, que ahora se hacen en locales cercanos sin ningún interés
histórico, subastas que podrían ser públicas para que ese patrimonio inmaterial
pudiera ser contemplado por todos.
Además la sociedad ilicitana se hace eco en las redes sociales,
con reportajes fotográficos y de sensibilización de este relevante e
incuestionable patrimonio. Podemos ver algunos: Reportaje de Raúl Agulló Coves.
En él no figura la Sala de Venta de Agua porque ya era una propiedad privada
que no pertenecía a dicha Sociedad, pero nos muestra parte del conjunto industrial
al que pertenece.
http://www.campdelx.es/30-km-entre-canales-de-agua-y-sus-olmos-de-ribera-109-anos-denuevos-
riegos-el-progreso/
También incluimos este magnífico documento filmográfico recogido por la Cátedra Pedro Ibarra de la Universidad Miguel Hernández de Elche, donde se ve una Sala de Venta de Agua antigua en pleno funcionamiento en los años 50, en la que se ve la subasta del agua de la Acequia Mayor del Pantano, en este acto que indiscutiblemente pertenece al patrimonio inmaterial ilicitano:
https://www.youtube.com/watch?v=r2ZyoUvLji0
.
También incluimos este magnífico documento filmográfico recogido por la Cátedra Pedro Ibarra de la Universidad Miguel Hernández de Elche, donde se ve una Sala de Venta de Agua antigua en pleno funcionamiento en los años 50, en la que se ve la subasta del agua de la Acequia Mayor del Pantano, en este acto que indiscutiblemente pertenece al patrimonio inmaterial ilicitano:
Incluso las Jornadas a que dio lugar este rico patrimonio
generado por El Progreso, y cuyos resultados se reflejan en esta publicación: Martín
Cantarino, C.; Candela i Quesada, J.: Reflexions sobre el centenari de Nuevos
Riegos El Progreso (1906-2006), La Rella: anuari de L'Institut d'Estudis
Comarcals del Baix Vinalopó, 2007.
(http://www.raco.cat/index.php/rella/article/viewFile/78490/147677)
(http://www.raco.cat/index.php/rella/article/viewFile/78490/147677)
Por todo ello, Por la
paradoja que entendemos en la normativa local sobre este edificio, por su singularidad,
valores arquitectónicos y estéticos, y valores inmateriales de los que es depositario
y de sus excelentes potencialidades para mostrar y difundir el patrimonio hidráulico
con su puesta en valor y musealización, es por lo que SOLICITAMOS LA REVISIÓN
DE ESTE ESTE BIEN INMUEBLE DENOMINADO “SALA DE VENTA DE AGUA”, SITO EN LA PLAZA
DE LA CONSTITUCIÓN DE ELCHE (ALICANTE), POR PARTE DE LA CONSELLERIA
CORRESPONDIENTE, Y, EN SU CASO, LA CONSIGUIENTE TOMA DE MEDIDAS CAUTELARES Y
PARALIZACIÓN DE RESOLUCIÓN Y AUTORIZACIÓN DE DERRIBO POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
DE ELCHE Y DE LA EMPRESA QUE LO VA A LLEVAR A CABO INMINENTEMENTE, EN TANTO SE
RESUELVA DICHO EXPEDIENTE.
Firmado en Elche a……….. de …………………….de 2017.
FIRMA
Por cierto, la administración a la que se debe remitir en tiempo y forma la petición es:
Unitat de Patrimoni Històric i Artistic
Avda.Aguilera nº 1, 2ª Planta
Alacant CP 03007
NOTAS
1 Jaén i Urbán, G.: De les Clarisses al Salvador: migdia i llevant de la vila d’Elx, arquitectura i urbanisme (Guia de l’arquitectura i l’urbanisme de la ciutat d’Elx, vol. 3). Alacant, 2012.
P. 226 y ss.
2 http://www1.sigelx.elche.es/sigelx_p/Web/documentacion/Plan%20Especial%20Protecci%C3%B3n%20edificios%2 0y%20conjuntos%20en%20el%20TM.%20Elche/1-Memorira-PE-Protecci%C3%B3n-edificios-y-conjuntos.pdf
3 http://www1.sigelx.elche.es/sigelx_p/Web/documentacion/Plan%20Especial%20Protecci%C3%B3n%20 edificios%20y%20conjuntos%20en%20el%20TM.%20Elche/2-Fichas-PE-Protecci%C3%B3n-edificios-yconjuntos- TMElche-ciudad.pdf
4 Jaén 2012, 228.
5 Plaça del Pinyó es el nombre antiguo de la Plaza de la Constitución.
6 Jaén 2012, 227.
7 Refiriéndose a la fachada neo-gótica del edificio del carrer Empedrat.
8 Jaén 2012, 228.
4 Jaén 2012, 228.
5 Plaça del Pinyó es el nombre antiguo de la Plaza de la Constitución.
6 Jaén 2012, 227.
7 Refiriéndose a la fachada neo-gótica del edificio del carrer Empedrat.
8 Jaén 2012, 228.
ANEXO I: FICHAS CATASTRALES
ANEXO II :
DOCUMENTOS DEL ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE ELCHE
Fig. 1: Edificio Plaza Constitución. |
Fig. 2: Edificio carrer Empedrat, 5. |
Fig. 3 |
Fig. 4: AHME 13/6 - Concesión de obra para construir el edificio referido en 1914, que da a las calles Canónigo Torres (hoy Empedrat) y Plaza de Joaquín Costa (hoy Constitució). |
Fig. 5: AHME b 343 167 - Anuncio público del Tercer Proyecto de Elevación. |
Fig. 5: Imponente fachada principal |
Fig. 6: Detalle del buen estado de la cubierta. |
Fig. 7: Detalle de la sillería de la fachada y su decoración. |
Fig. 8: Importante y cuidado archivo histórico. |
Fig. 9: Vista de la Sala en los años 80 en plena actividad (Foto Diego). |
Fig. 11: Imagen de la fachada interior desde el patio. |
Fig. 12: Entrada a la Sala desde el patio interior con escaleras de cantería. |
Fig. 13: Patio con pozo y sumidero de cantería. |
Panorámica del patio interior con aljibe |
Imagen de Google Maps del edificio fuera de alineación |
Fachada de Nuevos Riegos El Progreso a la calle Empedrat |
Mobiliario modernista |
Una nota adicional: en la planificación de la red de bibliotecas municipales de nuestra ciudad hay una grave carencia: no existe una biblioteca en el centro de la población. Este edificio, completo, reúne condiciones idóneas para ello; incluso el patio con aljibe evoca el claustro de la Biblioteca Central.
ResponderEliminar¿Hay que imprimir y enviar por correo ordinario el escrito?. Gracias.
ResponderEliminarGracias por comentar Luís. Me temo que sí porque no he visto habilitación para hacerlo en formato electrónico. Venga
ResponderEliminarGracias, intentaré difundirlo. Creo que es un edificio notable que debería preservarse en su integridad.
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