El documento que sigue y que se presentó como
anexo a las alegaciones de RUSKIN Coffee, pese a su extensión es un interesante estudio del
tratamiento urbanístico del palmeral histórico de Elche. Recomiendo leerlo con
calma pues contiene los fundamentos para una visión crítica de los
planteamientos predominantes en la gestión de los huertos de palmeras como
patrimonio de la Humanidad. En cualquier caso debería servir como material para
cualquier debate o propuesta de ideas para salvar nuestro palmeral histórico,
pues su ritmo de reducción en términos históricos es más que preocupante.
Personalmente creo que la fijación del palmeral como un paisaje fósil intocado
e intocable tenderá inevitablemente a la reducción progresiva de huertos y del
número de ejemplares en su interior a la vista de las prácticas de la administración
municipal, de los propietarios privados y del escaso interés económico que genera el palmeral. Y las últimas
intervenciones que pueden seguirse en los huertos urbanos del margen derecho
del río que inexplicablemente no entran en la calificación patrimonial de la
UNESCO no me convencen; se trata de huertos sin riego (pues la
acequia de Marchena está cercenada e inutilizada en buena parte del recorrido
urbano), se han
tratado como jardines de ladera, pero en su interior se mantiene
la cuadrícula agrícola, con la tierra arada y acolchada sin agua ni cultivos,
un procedimiento que también puede observarse en algunos huertos municipales
ajardinados al Este del Filet de Fora.
Debe observarse que el documento original contiene un apartado importante y muy didáctico de imágenes que vienen a ser un catálogo de intervenciones negativas para el mantenimiento de los huertos, con lo que cualquiera puede hacerse una idea cabal de lo que se habla aquí. Dichas imágenes han sido intercaladas en las dos entradas en que se ha dividido el documento, pese a que de hecho supone una alteración importante de la fidelidad del original; para más abundamiento es materialmente imposible incluir en el blog el plano final con unas dimensiones adecuadas ya que no cabe en la caja de entrada del blog. Para paliar parcialmente el problema he decidido hacer publico y enlazar el documento original que me fue presentado en la siguiente dirección
Así que quien quiera ver la documentación gráfica y el plano en cuestión, o / y acceder al documento completo, no tiene más que descargarlo el pdf.
Sin más, aquí va:
EL PALMERAL DE ELCHE. NOTAS PARA SU TRATAMIENTO URBANÍSTICO Y GESTIÓN
LA CIUDAD DE ELCHE
Elche es la tercera ciudad de la comunidad
valenciana. Tiene una población de unos 230.000 habitantes y un amplio termino
municipal que incluye varios núcleos de población. La extensión del término
municipal es de 326 km2 y la altitud media es de 86 metros sobre el nivel del
mar. En cuanto a la ciudad compacta tiene unos 187.000 habitantes.
El municipio de Elche se extiende al sur de
los últimos plegamientos subbéticos, configurando una llanura aluvial que se
prolonga hacia el mar. En esa llanura sobresalen algunas sierras como la de
Santa Pola, y el Molar. La ciudad es cruzada de norte a sur por el río
Vinalopó.
La ciudad se ha ido transformando a los largo
del siglo XX pasando de tener una forma alargada en sentido norte sur (paralela
al rio) a saltar al margen derecho del rio y conformando una ciudad
concéntrica. En los últimos años por efecto del planeamiento se ha alargado en
sentido este oeste.
EL CONTEXTO TERRITORIAL
Elche está situado a unos veinte kilómetros
de Alicante, formando un área metropolitana conjunta de gran importancia,
recogida en un Plan de Acción Territorial (PATEMAE). La población del área es
de unos 750.000 habitantes, aunque en realidad se trata de dos subáreas: la de
Alicante con una clara proyección y crecimiento hacia el norte y oeste; y
también la de Elche bajo fuertes conexiones con Crevillente y Santa Pola; y crecimientos
lineales hacia Orihuela y Torrevieja. En cuanto a su población, el crecimiento
demográfico ha sido importante en los últimos años, situándose Alicante como
cuarta provincia de España cercana a los 2.000.000 habitantes; sobrepasando a
Sevilla y situándose por detrás de Madrid, Barcelona y Valencia.
A su vez, en nuestra zona se
está formando una pequeña Región Urbana que se genera en el interior de un
triángulo apoyado en los vértices de Alicante, Murcia y Cartagena. Abarca una
superficie de unos 4.000 Km2 y cuenta con una población de más de 2.500.000 habitantes. De consolidarse se
convertiría en la tercera área urbana de España por delante de Valencia. Y al
igual que ocurre en otras regiones urbanas europeas, no existe una ciudad
central que haga las veces de gran núcleo. La estructura territorial es lineal,
desarrollándose a lo largo de la carretera nacional 340 y también siguiendo la
línea costera. Más a pesar de que los grandes centros comerciales se han
situado cerca de Murcia, con un potencial humano enorme, la parte central del
territorio, o sea la Vega Baja, tiene todavía hoy un componente agrícola
importante. Esta área central del triángulo sustenta los municipios con mayor
crecimiento de España, alimentados con población foránea asentada en nuevas urbanizaciones.
EL PALMERAL Y LA CIUDAD
La característica esencial del Palmeral,
desde un punto de vista urbanístico, es que no ha tenido, como en el caso de
los Humedales de nuestra ciudad, un tratamiento homogéneo. El palmeral se ha
sometido a las previsiones del crecimiento urbano como un territorio más. De
esta manera nos encontramos con lo que en técnica urbanística se llama una
clasificación y una calificación de huertos. Así, los huertos pueden ser
urbanos, urbanizables y no urbanizables, mientras que en función del uso
encontramos huertos residenciales, huertos dotacionales y huertos dedicados a
zonas verdes.
Podemos decir que en la ciudad el trazado
urbano y las redes de infraestructuras han condicionado la estructura del
palmeral histórico. Así, al marcar unas islas y tratar al palmeral como grandes
manzanas rodeadas por un vial y una acera que contiene alumbrado público, hemos
troceado el palmeral en función de las necesidades urbanas.
A su vez, esta característica de zonificación
urbanística, hace que los niveles de protección estén directamente relacionados
con la clasificación y calificación urbanística que se hace de los huertos.
Podemos decir por tanto que los
terrenos del Palmeral Histórico de Elche quedan incluidos entre aquellos que
producen “Aprovechamiento”. Ello les permite entrar en las reparcelaciones
urbanas como terrenos dotados de aprovechamiento. Como vemos esto diferencia el
Palmeral de los Humedales de la ciudad que adquieren la calificación de Parque
Natural y por tanto están excluidos de cualquier aprovechamiento urbanístico y
no pueden entrar en operaciones de reparcelación que permitan su
transformación.
LA FUNCIONALIDAD DEL PALMERAL DE ELCHE
El 30 de octubre del 2000 el
Comité del Patrimonio Mundial, organismo de la UNESCO, acordó la inscripción
del Palmeral de Elche en la lista de Patrimonios Mundiales. El Palmeral -razona
la UNESCO- es un oasis, un sistema para la producción agrícola en zonas áridas.
Es también un ejemplo único de prácticas agrícolas árabes en el continente
europeo. El Comité hace referencia explicita “al antiguo sistema de regadío que
constituye la columna vertebral del Palmeral”. Así se premia una cultura
agrícola del agua, que a través de España se instala en Sudamérica. Este
sistema de trasvase cultural, es el que decidió al Comité a la proclamación del
Palmeral, junto a su sistema de regadío, para ser considerado Patrimonio de la Humanidad.
El Palmeral de Elche posee por
tanto, un valor histórico artístico y hay que añadir que en algún tiempo,
mantuvo rentabilidad económica. Pero en nuestros días languidece como cultivo y
apenas tiene vida agrícola. Hasta hubo un momento en el que era frecuente
arrancar palmeras y venderlas como planta ornamental. De este modo sus
propietarios cubrían gastos. Pero entremos en lo importante: este conjunto de
palmeras forman su paisaje singular. Las palmas no forman bosque sino un huerto
resuelto en bancales, formando retículas con las palmeras colocadas en los
bordes. De este modo el bancal puede contar como unidad agraria, o sea como
explotación cual huerta; ya que las palmeras, productoras de dátiles, son de
calidad baja y lo que vale agrícolamente son los tablares del huerto. Por ello
el palmeral, mirado como paisaje, puede encuadrarse en una “tipología rural”,
dado que existen cultivos asociados a las palmeras y también abundantes
construcciones como casas, corrales, acequias, vallas y caminos enarenados. No es por tanto, un
sistema paisajístico natural. Nuestro palmeral queda referenciado como un
agrosistema milenario1.
Hay que decir que la palmera no crece aislada
de forma natural. Forma pequeños conjuntos compuestos por una palera madre, los
hijuelos que salen de su tronco y otras palmeras que crecen en los alrededores
debido al nacimiento desde los dátiles de nuevas palmeras. Para poder dejar
crecer la palmera de un modo aislado debe limpiarse este conjunto sobre todo de
palmas e ir formalizando la geometría de un planteamiento en hileras.
Empecemos por ver ahora que
las unidades agrícolas de este bosque de palmeras son los llamados huertos, los
cuales han sufrido históricamente una evolución. La podríamos resumir así: un
primer aspecto que dura desde los fenicios hasta nuestros días (unos 2000 años)
donde existen palmeras dispersas y huertos (tal vez, al principio, las palmeras
fueran plantadas para alimento humano). Y otra fase segunda, de más de mil
años, que funciona todavía, en la que el huerto se fija como un agrosistema
propio. Comienza después la parcelación del bosque por parte de los musulmanes
(siglo VIII); o sea, es el momento en que se
crea una organización para aprovechamiento agrícola con el regadío
correspondiente. Ello da lugar a la aparición de la tahulla (954 m2) como
unidad de medida; y a la convivencia con otros cultivos asentados entre la
distribución de palmeras. La función de la palmera en semejante esquema
agronómico, será la de producir sombra, creándose un segundo nivel de cultivo,
generalmente granados, los cuales a su vez protegen el suelo sobre el que se
plantan plantas forrajeras destinadas a alimentar al ganado. Y gracias a tan
variados niveles de cultivo, se logra que el agua, muy salobre, no se evapore
rápidamente; lo cual provocaría la salinización de los campos. Y así, con
algunos pequeños cambios, se cultiva el palmeral, desde el siglo XIII hasta el XX.
Mas llega un momento en que el
antedicho sistema agrario pierde funcionalidad. Sucedió a lo largo del siglo
pasado. La causa: una pérdida de rentabilidad agraria y a la vez una fuerte
presión urbanística para llevar la construcción a los huertos. Por tal razón el
abandono de la actividad agrícola se generaliza y los propietarios descuidan
los huertos. Estamos ante una triste historia del huerto de palmeras como
unidad básica que afecta, se entiende, al palmeral. Se convierten entonces los
palmerales en fincas de recreo y por primera vez aparece la idea del palmeral
como paisaje, como lugar que permite el goce estético. Pero esta función de
ocio no tendrá una trascendencia económica significativa.
La conclusión que se saca nos
lleva a saber que desde el punto de vista de la economía local, la renta del
palmeral resulta irrelevante. Mas por otra parte, el palmeral de Elche tiene un
gran valor como reserva de la biodiversidad genérica ya que la mayoría de las
palmeras proceden de semillas y estas resultan muy variadas genéticamente.
Incluso existe una cierta similitud con el de Marraketch, aunque este tiene
menos palmeras. Por tanto Elche mantiene sin duda el único palmeral extenso de
Europa, aunque se encuentre actualmente en proceso de vejez y degradación.
En cuanto a la descripción de lo que pudiera
ser un huerto prototipo, debería establecerse siguiendo los datos que se
acompañan:
-
Las palmeras deben delimitar bancales
rectangulares disponiéndose en alineaciones simples o dobles (estas últimas
formas los caminales y acequias).
-
Los bancales rectangulares deberán medir como
tipo ideal algo mas de 30 x 20 metros.
-
En cuanto al área de tales bancales se debe
fijar alrededor de 700 m2
-
Por otro lado la densidad de la plantación
nunca será inferior a 350 palmeras / hectárea (aunque según referencias
históricas fue mayor en otro tiempo, ya que pasaba de las 700)
Para terminar apuntemos que
los huertos rurales, o sea aquellos que quedan fuera del casco urbano, se
hallan en grave deterioro. Entre los años 1984 a 1998 desaparecieron unos 370
bancales de palmeras. Su censo actual se establece en 42 Hectáreas y el número
de palmeras desaparecidas supera las 10.000 unidades. Ya en 1984 se advirtió
este gran proceso e destrucción del palmeral rural; y en 1998 fue cuando los
huertos aparecen ya abandonados y su vida peligra tanto, que se fija su fin en
unos 50 años.
Sin embargo, el análisis de los documentos
normativos, que a lo largo de sesenta años han regulado el uso urbanístico del
suelo ocupado por los huertos de palmeras de Elche, nos permitirá conocer la
evolución experimentada. Será como ver que un espacio agrícola gana su
transformación en una zona verde. Con toda la problemática que ello suscita.
EL PALMERAL URBANO Y EL CRECIMIENTO DE LA
CIUDAD
La ubicación de los huertos de palmeras
alrededor de la ciudad histórica,-proceso de una estructura agrícola
milenaria-, ha determinado el crecimiento urbano de Elche. Ya que su desarrollo
viene sujeto a este anillo agrícola, gran espacio verde, que rodeaba la ciudad.
Así el crecimiento urbano correspondiente al
desarrollo industrial de finales del siglo XIX y principios del XX, se realizó
a costa de este espacio circundante ocupado hasta ese momento por huertos de
palmeras. Hubo talas indiscriminadas para conseguir solares. Una actitud que
originó un movimiento de fuerte concienciación social salido en defensa de la
palmera, el cual llegó a materializarse en las primeras leyes de protección del palmeral.
El crecimiento de Elche va a iniciarse a
finales del XIX y principios del XX talando los huertos y trazando
parcelaciones sobre estos espacios; hasta que en los años veinte del sigo
pasado se inicia el ensanche a poniente del río. Tema urbanístico importante
será el trazado de puentes que permita unir la ciudad histórica con los nuevos
crecimientos al otro lado del Vinalopó. Superada la barrera del río la ciudad
podrá crecer excéntricamente.
Desde los años treinta se inician las medidas
protectoras y la prohibición de la tala de palmeras, acompañadas de normativas
que regulaban la construcción en el interior de los huertos. Los planes
urbanísticos de los años sesenta y setenta planteaban un modelo consistente en la protección de la
palmera y la asignación de usos urbanos al palmeral, principalmente viviendas
unifamiliares y equipamientos dotacionales, tanto públicos como privados.
Pero en la década de los ochenta, con la
llegada de los primeros ayuntamientos democráticos, se produce un cambio de
actitud. Se propone la conversión en espacios libres públicos de aquellos
huertos que hasta ese momento no se habían transformado. Más por fin se alcanza
el Plan General vigente, que especifica en su desarrollo un proceso iniciado
con el planeamiento anterior. Un sistema de gestión urbanística que ha
permitido que la mayor parte de los huertos históricos se destinen a espacios
libres y sean de propiedad municipal. Hay más: surge un Plan Especial de
Protección, como continuación del actual plan general, que aborda el palmeral
como unidad paisajística que ha perdurado hasta nuestros días, siendo heredera
de un complejo sistema de explotación de regadío.
Hoy resulta necesaria una
reflexión sobre el uso de los huertos y su capacidad de administración y
gestión desde el Ayuntamiento. Al igual que con el agua es buen momento para
reflexionar sobre el futuro de esa cultura agraria que incluye el cultivo de
los palmerales de Elche recreado por un grupo social “els palmerers”, hoy en
vías de desaparición.
Insisto que a lo largo del siglo XX se
produce la perdida de rentabilidad económica de los huertos de palmeras como
cultivo agrícola, lo cual origina el abandono de las prácticas agropecuarias
tradicionales. Así nace un gran espacio ocupado por plantaciones de palmeras
viejas, pero con un valor cultural y paisajístico de primera magnitud. Y este
es el reto: el planeamiento plantea la conversión de este espacio en una gran
zona verde. Es necesario buscar el carácter que se le debe dar a todo este
verde recuperado.
Una opción que resulta prometedora, ya que
los huertos de palmeras como cultivo derivado del concepto de oasis, -un
espacio cultivado con abundancia de agua en contraposición al espacio
circundante más seco- nos conduce a la idea de paraíso terrenal, implícita en
todo jardín. Es decir, disponemos de los elementos esenciales requeridos en un
jardín, la vegetación exuberante de las palmeras y un espacio delimitado y
placentero. Y dijimos que en todas las propuestas aportadas por el planeamiento
urbanístico a la problemática de la pérdida de valor agrícola y de rentabilidad
de los huertos de palmeras se prevé su incorporación al proceso de crecimiento de la ciudad. Y la idea
seguida, es constituir este espacio verde en un jardín, con diferentes connotaciones
según la ideología de la época. Por tanto se ha producido un cambio en la forma
de usar el referido territorio, pasando de una zona productiva a un jardín
urbano. Más con la evolución de la sociedad a una cultura más democrática, se
avanza hacia una progresiva adquisición del huerto como propiedad pública, con
uso de parque urbano.
Por último cabe destacar la limitación del
planeamiento como instrumento para la definición proyectual, pues se trata de
normas de ordenación que marcan las pautas de uso y destino del suelo; es decir
sin determinar con precisión adecuada el detalle requerido en todo proyecto de
jardinería. Proyecto que debería abordar la problemática de este patrimonio
artístico, tal como se hace en la restauración de un monumento: identificando y
valorando aquellos elementos esenciales que lo caracterizan.
EL PALMERAL Y LOS JARDINES-PARQUE
En el año 1943, el Huerto del Cura fue
declarado Jardín Artístico Nacional, junto a la Alhambra y el Generalife. Sobre
el palmeral que lo rodeaba recayó también una protección como paisaje
circundante. Es curiosa esta idea del palmeral como elemento asociado a la
jardinería y a la agricultura de la lejana cultura andalusí.
Históricamente el palmeral fue
un conjunto continuo de huertos situados en la periferia urbana. Pero el
trazado del ferrocarril marcó una primera hendidura en la continuidad de los
huertos. Además la Estación se situó justo en medio del palmeral y para
conectarla con la ciudad se trazó el Paseo de la Estación. Además el
Ayuntamiento creó el Parque Municipal en un Huerto de la Virgen perteneciente
al Vínculo de Caro. Con todo esto se acabó ese intimismo y clausura que
encerraban los huertos nostálgicos del viejo
palmeral.
Se destruyó la cerca formada por un seto de
aromos, ese arbusto de crueles espinas y también la valla protectora con
cascabotes pinchosos (el cascabote es el tronco con púas de la palma pelada). Y
ya estamos en el Parque donde no existen caminos sinuosos ni bancales
productivos. Todo lo contrario. Es el momento de asombrarnos con largas
avenidas, glorietas, arriates y pérgolas, copiando siempre ese jardín español
que hemos estereotipado en algo sin cuerpo identificable. El paisajismo del
huerto de palmeras ha sucumbido en otra experiencia geométrica y rígida del
jardín. El palmeral se ofrece ahora al hombre urbano.
Y se piensa que este concepto de parque
urbano, hecho para el pueblo requiere eso: áreas de acción y de paseo. Y
faroles y bancos y palomares donde los niños puedan jugar. Pero también se
recurrió a otras formas de entender el jardín con trazados menos geométricos,
más orgánicos, incluso con plantas tropicales, en definitiva a la manera de
Burle Marx.
Pero ya digo que el proyecto de parque
municipal fue un recuerdo rendido a los pintores que ofrecían el tradicional
jardín español: Rusiñol, Anglada Camarasa, Ramón Casas… Sin embargo, para ser
justo debo admitir que al principio se supo apreciar el paisajismo arabizante
de huerto de palmeras que ya existía en el palmeral de la Virgen, porque había
un rincón donde se oía el rumor de la cascada del molino y un canalillo que
arrancaba “dels chorrets” y también una acequia del pantano bordeada de
tamarindos. Elementos que evocaban el ancestral amor de los árabes por el
frescor del agua. Mas después en un segundo
trazado desapareció este rincón oriental y en su lugar apareció un
estanque para patos y se enterró la acequia de tamarindos y se dispuso como
predominante un paseo que corría por el borde de la rambla. Por eso ha llegado
el momento de aplicar la crítica. Veámoslo claro. Así, cuando algunos huertos
cercanos a los barrios de Elche, pasan a ser verde público sucede entonces que
se copia el Jardín-Parque como modelo. No reside el mal creativo en el trazado
del parque municipal de Elche, rígido y geométrico como cualquier otro jardín.
El mal reside en multiplicar dicho modelo repitiéndolo una y otra vez.
La escasa rentabilidad del palmeral histórico
se reduce hoy a dos de sus productos: la palma blanca y el dátil. En cuanto al
aprovechamiento comercial de la palma blanca tiene como sabemos un tiempo
limitado porque solo se pone en venta durante la Semana Santa: La blancura de
la palma se consigue impidiendo la función clorofílica, o sea logrando que la
luz no llegue a las palmas centrales de la palmera. Para ello se protegen
cerrando la copa, es decir encaperuzándola con las otras ramas. Esto ya se
practicaba en otros cultivos de huerta aporcando ciertas verduras como por
ejemplo cardos o espárragos. Gracias a esta técnica se ha alcanzado que la
palma blanca pueda dar así, valor económico al palmeral aunque salga al mercado
en tiempo contado y en fecha fija.
Esto obliga a que esta palma blanca en la
actualidad se obtenga mediante técnicas de urgencia; valga decir mas rápidas
que las que obligaba una tradición basada en el riesgo de los palmereros. Así
Elche ha logrado un procedimiento llamado encaperuzado con plástico negro que
permite mayor rapidez en el trabajo. Bastaría compara dicha labor con la de
otra ciudad italiana Bordighera donde también se obtiene palma blanca. Allí la
operación se reduce al simple atado de ramaje de palmeras de poca altura lo cual
da un rendimiento muy bajo. Y aunque
las palmas ilicitanas blancas se asemejan
a las italianas presentan mayor calidad las españolas. En Elche gracias a este
encaperuzado señalado se consiguen palmas blancas de mayor largura y también un
mayor número de ellas.
Por otra parte, resulta importante comentar
que el encaperuzado solo se practica en la palmera macho dejando la datilera
femenina, para la recolección de su fruto. De este modo el palmeral histórico
de Elche mantiene desde hace tiempo dos fuentes económicas que van progresando:
la venta de la palma blanca y el dátil. Por ello tal vez sea justo hablar de la
palma blanca como el producto más espectacular y sorprendente que exporta la
ciudad de Elche. Ya que es conocido que aparte de la palma blanca desnuda, se
trabaja por los artesanos un palma blanca rizada, consiguiendo crear con
ingenio verdaderas obras de arte. En conclusión: la buena venta de palmas
blancas con tales operaciones artesanales añadidas, ha logrado que la
producción vaya hoy día en aumento.
En cuanto al dátil su venta y exportación
resulta muy limitada. El obstáculo reside en la gran variedad de palmeras y de
semillas, con lo cual, es imposible determinar la especie mas rentable. Como
dato comercial y atendiendo a la fase de maduración del dátil se han
clasificado varios tipos: Una primera fase comprende el dátil verde (Kimri);
otra segunda los gruesos y de color amarillo (Khalaal); la tercera aquella que
son maduros (Rutab); y por fin la cuarta que incluye a los secos (Tamar).
Más aparte de estos dátiles se ofrecen otros
que paso a detallar: Unos madurados artificialmente y que se llaman de “adobo”
porque se manipulan tratándolos con vinagre. También existe una variedad de
palmeras llamadas “candias” que dan dátiles secos, rugosos, poco azucarados y
de color amarillo verdoso. Y las conocidas como “tenadas” con dátiles
semejantes a los anteriores pero menos rugosos y más dulces. Ambas especies son
las que permiten por la calidad de dátiles secos su transporte y
almacenamiento. Por ultimo quedan aquellas palmeras “tiernas” con dátiles muy
ricos en azúcar, un fruto que puede consumirse en verde. Faltaría también
señalar el tiempo en que se sirve la cosecha de dátiles. Lo normal es que
comience en octubre y alcance hasta finales de
enero.
Fuera de esta rentabilidad de la palma y el
dátil, en Elche se venden algunos subproductos que señalo como curiosidad. Por
ejemplo los troncos de palmeras aprovechados como pilares de sustentación en
algunos sombrajos y pórticos de viviendas rurales levantadas en los huertos.
También aserrados por la mitad sirven de bancos para jardines, aunque cabe
añadir que siendo el tronco de la palmera de constitución fibrosa el
aprovechamiento de tales subproductos resulta muy limitado.
La rentabilidad como elemento turístico solo
comenzó con el jardín del Huerto del cura y con la creación en los años sesenta
de un hotel situado en un huerto próximo. De jardinería muy cuidada, y con una
arquitectura dispersa sobre los bancales del palmeral fue durante años el
referente turístico de la ciudad. Solo en los últimos años ha comenzado una
autentica preocupación por encontrar un contenido turístico a este paisaje de
trascendencia mundial. La creación junto al huerto del cura de un centro de interpretación
y la recuperación de un huerto para contemplar su estructura ha sido esencial
para el entendimiento turístico de ese difícil conjunto que resulta ser el
palmeral.
Un producto exótico que se puede
sacar de la palmera y que resulta muy rentable es la palma blanca para uso
litúrgico en Semana Santa. En efecto la procesión del Domingo de Ramos pide a
los fieles que porten palmas y ramas de olivo. Y el suministro de palma blanca
obtenida encapuruchando la palmera e impidiendo que la clorofila impregne de
verde a la rama permite la obtención de palmas blancas.
LA PROPIEDAD DE LOS HUERTOS DE PALMERAS
Los huertos de Elche ocupan una superficie
aproximada de unas Seiscientas Hectáreas. En ellas menos de la mitad son
huertos urbanos. De los huertos urbanos unas doscientas hectáreas son huertos
públicos y unas setenta hectáreas pertenecen todavía a propiedades privadas. Es
decir en la ciudad 1/3 es privado y 2/3 son públicos. Pero las superficies no
han sido siempre iguales y han ido variando con el tiempo. Del trabajo de Ortiz Mayordomo tomamos los siguientes datos:
-
En 1973 los propietarios resultaban ser 2.307
y declararon una extensión del palmeral de 710
hectáreas.
-
En 1998 los propietarios se reducen a 1.093 y
se registra una superficie de 442 hectáreas.2
Los Huertos de Palmeras han sido tradicionalmente propiedad de señores y eclesiásticos. Los cultivadores de los huertos han estado relacionados con los señores mediante contratos enfitéuticos, a través de los cuales se han dedicado a trabajar la tierra.
Será con la crisis de rentabilidad de los
huertos acaecida en el siglo XIX cuando una gran cantidad de huertos cambia de
mano y son comprados por sus cultivadores a sus antiguos propietarios. Sin
embargo el número total de cultivadores y de huertos ha ido decayendo a lo
largo de este siglo pasado.
Pero lo esencial para la continuidad de es
espacio que hoy denominamos Palmeral ha sido la pervivencia de una actividad,
la de los palmereros que lo trabajaban y que lo entendían. Estos agricultores
primero fueron enfiteutas y después propietarios, pero continuaron trabajando
en un sistema agrícola tradicional y con unas técnicas que permitían la
conservación del paisaje. La conversión en públicos de la mayoría de huertos de
palmeras ha privado a estos de sus moradores, aquellos que eran capaces de
conservar el palmeral mediante su trabajo agrícola. Y la privanza de esta
actividad reguladora del paisaje ha hecho que los huertos tengan que ser
mantenidos
LA PUBLIFICACION DE LOS HUERTOS DE PALMERAS
El Ayuntamiento de Elche ha seguido una
política tradicional de compra de Huertos de Palmeras. Esta política, junto a
la administración del Vínculo de Caro, fundación creada por un rico
eclesiástico que dejo a Elche y a la Virgen sus huertos, han convertido
tradicionalmente al Ayuntamiento como primer propietario de huertos de
palmeras. Tal como explicaremos más adelante, los palmerales en Elche, tienen
dos calificaciones urbanísticas distintas, unos, los situados fuera del casco
histórico, son designados como “Suelo No Urbanizable”; mientras que los que
quedan dentro del casco de la ciudad, son “Suelo Urbano”. Y es en estos huertos
del casco urbano están los Palmerales Históricos declarados por la UNESCO,
Patrimonio de la Humanidad.
Siguiendo esta pauta, a partir del último
Plan General, el Ayuntamiento ha utilizado el mecanismo del Aprovechamiento
Tipo para aumentar el número de huertos públicos. Así, en la actualidad de
todos los huertos urbanos 2/3 son de propiedad pública. Esto pudo hacerse a
partir de la LRAU que permitió reparcelaciones discontinuas, anteriormente
prohibidas. La manera de hacerlo fue asignar a los nuevos Sectores de Suelo
Urbanizable, la obligación de ceder un huerto al ayuntamiento. Con semejante
mecanismo y en función del aprovechamiento de los distintos sectores y del
tamaño del huerto a ceder, se fue equilibrando el aprovechamiento medio. Y el
fuerte crecimiento de la ciudad ha provocado, en los últimos años, que casi
todos los palmerales sean públicos.
Ello ha tenido una primera
consecuencia muy positiva: por fin se han salvado los huertos de palmeras de la
edificación agobiante. A cambio, ha sobrevenido un grave inconveniente, llegó a
Elche la muerte de una cultura agrícola, aquella tradición que pervivía en los
huertos de palmeras. Y hoy, salvada la presión constructiva que puso en peligro
los huertos, es buen momento para enjuiciar y desarrollar otras políticas de
conservación de este espacio natural tan especial.
Hemos de decir que el urbanismo es capaz de
gestionar mediante las figuras reparcelatorias precisas los problemas de
propiedad. Sin embargo es un mal administrador cuando se trata de mantener una
actividad que genera un paisaje. Los huertos se encuentran en la actualidad en
poder del ayuntamiento pero a cambio no ha habido continuidad con una actividad
que perpetúe el paisaje.
TUTELA Y PROTECCION DE LOS ESPACIOS
NATURALES. UN CASO ESPECÍFICO DE PROTECCION: EL PALMERAL
El Palmeral tiene interés por ser uno de los
espacios naturales mas ampliamente tratados para su protección. Al ser un
espacio que rodeaba a la ciudad, como
vimos pronto entró en conflicto con el crecimiento de ésta. Así, a lo largo del
siglo XIX se sucedieron las talas de varios huertos para dar paso a nuevos
barrios de viviendas. De esta situación va tomando conciencia la ciudad y ya
aparece en fecha tan temprana como 1911 las primeras prohibiciones municipales
para ensanchar la población talando los huertos de palmeras.
Hay que destacar aquí, la labor del
bibliotecario de la ciudad, Pedro Ibarra, quien tomando conciencia del problema
mandó memorandums a la Casa Real y al Director de la Escuela de Arquitectura.
Teodoro Anasagasti, como director de la Escuela se interesó vivamente por el
tema. En 1922 el primer catedrático de urbanística, Cesar Cort, vino a Elche a
estudiar su urbanismo. Se trasladó D. Cesar con un grupo de alumnos haciendo un
levantamiento topográfico de la ciudad, y dibujando soluciones para su
crecimiento. Incluso un alumno realizó una serie de fotos aéreas de la ciudad,
volando desde el aeródromo de Alicante. Y con todo, parece que lo único que
interesó a la corporación municipal fue el plano topográfico que por obligación
tenían que realizar. Tal vez vieron la manera de ahorrase así, los honorarios
de un topógrafo. Mas lo cierto es que Cesar Cort no lo entregó, mandándolo a
una exposición internacional de urbanismo donde desapareció. Si quedó la
publicación de una reseña de los trabajos en la revista Arquitectura del
colegio de Arquitecto de Madrid por parte de uno de los alumnos de D. Cesar que
vino a Elche.
Esto encorajinó a Pero Pedro Ibarra que no
cejó hasta aprovechar la visita del Rey Alfonso XIII con ocasión de inaugurar
la Compañía de Riegos de Levante para entregarle, su ruego de la protección del
palmeral. Dº Pedro Ibarra continuaría toda su vida coleccionando y fechando
acontecimientos en innumerables legajos hasta que años después alguien deshizo
la colección y la vendió.
Otro personaje importante en la
ordenación de espacios naturales de la provincia fue Nicasio Mira. Ingeniero
Jefe del distrito forestal de Alicante, realizó el proyecto de fijación de las
dunas móviles de Guardamar- La Marina. También a él se debe un informe en el
que proponía la inclusión del Palmeral en la Ley de Parques Nacionales. Y por
eso resultaría interesante profundizar en las actividades de este ingeniero de
montes, el cual actuó también en las ciudades, proponiendo la generación de
elementos naturales en el interior de las mismas. Por ejemplo, gracias a él se
consiguió la plantación de la pinada del Castillo de santa Bárbara en Alicante.
Y habrá que esperar a la República para que
en el año 1933 se publique un decreto por el Ministerio de Agricultura en el
que se prohíbe la tala de palmeras vivas, declarando de interés social el
mantenimiento del Palmeral de Elche y creando un Patronato para su
conservación. A la sazón era Presidente de la Republica Dª Manuel Azaña y
Ministro de Agricultura, Industria y Comercio Dº Marcelino Domingo. De todas
maneras la republica fue inconstante en su labor conservacionista. Podemos
decir que elaboró el decreto de Declaración de Bien de Interés
Histórico-Artístico para la Iglesia de Santa Maria de Elche y años después las
fuerzas del orden consintieron que la saquearan durante la trágica quema de Iglesias.
Transcurrida la guerra hay que decir que el
régimen de Franco, continuó con la Ley del 33 en vigor y restauró la mayoría
de iglesias quemadas. En cuanto al
palmeral sacó un nuevo decreto en 1942 nombrándolo “Jardín Artístico” y
poniendo bajo la tutela del Estado, su conservación.
Resulta pues un hecho interesante que ya
desde el comienzo de los intentos de protección de la naturaleza se dude de
la categoría en la que debe incluirse el
palmeral ilicitano; y es que pasa desde el punto de vista del ingeniero de
montes don Nicasio Mira, que lo trata como espacio natural; al punto de vista
del Ministerio de Cultura que lo entenderá como “Jardín Artístico”.
Evidentemente se trataba de un espacio agrícola, aunque algún propietario había
creado un auténtico jardín artístico como es el caso del Huerto del Cura.
Ya en democracia la tutela del Palmeral se
trasladó a la Generalitat Valenciana que asumió su regulación por medio de una
ley 1/1986 dedicada en exclusividad al Palmeral. La Ley crea además un
Patronato que será el encargado de la toma de decisiones en las actuaciones que interesan al palmeral.
Hay que decir que poco ha hecho esta Ley por la conservación del Palmeral.
Por último la inscripción en el año 2000 por
la UNESCO del Palmeral como Patrimonio de la Humanidad ha hecho que sea
preceptivo la información y tutela de este organismo internacional sobre las
actuaciones en este bien patrimonial.
Como conclusión el palmeral esta tutelado por
organismos diversos, de niveles distintos y criterios no siempre coincidentes.
La reciente plaga de picudo rojo, un escarabajo traído de Egipto mediante
importaciones de palmera para jardinería, ha puesto en peligro la pervivencia
del palmeral. Ninguno de los organismos bajo cuya tutela se encuentra ha puesto
medios suficientes para solventar la plaga.
UN JARDIN ANDALUSÍ
Hubo un intento serio de desarrollar en el
Palmeral un verdadero jardín de carácter histórico, basándose en las
reconstrucciones de los jardines de la Alambra que había ejecutado el
paisajista Xavier de Winthousen. Así existe constancia de que el Marqués de Lozoya, ilustre historiador del arte y
consejero del ministerio de cultura realizó varios viajes a Elche acompañado de
Xavier de Winthousen. La declaración de jardín artístico en el año 43 del
huerto del cura y la protección del palmeral es seguro se deben a los estudios
de Winthousen. Fue este, un artista importante y proyectista e historiador de
la jardinería. Tal vez fue nuestro primer paisajista en sentido moderno. A él
hay que atribuir la restauración de los jardines de la Alhambra y sobre todo
del Generalife. También se debe a este autor la restauración de los jardines de
Monforte en Valencia.
Pues bien, en el año 1949 se procedió a
desarrollar una feria comarcal de productos agrícolas y artesanales para lo que
se encargó por parte de la Diputación un proyecto al arquitecto municipal
Serrano Peral. Este acondicionó varios tramos del parque con arquitecturas
rematadas en cúpulas que recordaban realizaciones morunas en las que se
procedería a mostrar los productos feriales. Estas arquitecturas de recintos
sencillos estaban unidas por un trazado de fuentes y con una jardinería que
recordaba en extremo las realizaciones del Generalife. De estas obras, que aun
perviven en el parque de Elche, queda todavía un edificio que durante años se destinó
a museo arqueológico y fue donde se expuso la Dama de Elche cuando fue traída
por primera vez a la ciudad. El aspecto del conjunto reconocible por
fotografías tenía un aire orientalizante, mientras que la jardinería mostraba
el inequívoco aspecto granadino, muy similar a la trazada por Xavier de
Winthousen para el Generalife.
Sin embargo nada ha quedado de esta historia
reflejado en documento alguno, y tal vez solo se trata de una suposición mía,
porque las características estilísticas del jardín de Elche coinciden con el
planteamiento de jardinería de Winthousen para Granada. Sin embargo la estancia
del Marques de Lozoya y de Xavier de Winthousen en Elche crean la duda de su
influencia. Pudiera ser interesante buscar esa documentación que confirme la
contribución de tan importante paisajista y jardinero en los trazados que se
siguieron para crear un jardín andalusí en Elche.
VISIÓN DEL PALMERAL DESDE LOS PLANES ESPECIALES
PROBLEMÁTICA CUANDO LA PROPIEDAD ES PRIVADA
GESTIÓN INDIVIDUAL
PLANEAMIENTO URBANISTICO Y HUERTOS DE PALMERAS
Analizaremos los diversos documentos urbanísticos que han intervenido en el espacio ocupado por los huertos urbanos, desentrañando las ideas que sobre el jardín tenía la sociedad en cada momento y como quedan reflejadas en los instrumentos de planeamiento. Toda esta cuestión la transcribo de los documentos suministrados desde el propio Ayuntamiento en su archivo urbanístico y sobre todo en los datos recabados para la confección del Plan Especial de protección del Palmeral. La memoria de este Plan Especial nos sirve de guía en este apartado.
Dividiremos nuestro análisis en la visión del Palmeral que tienen los distintos Planes Generales y su articulación con la ciudad y la visión siempre más proteccionista de los Planes Especiales.
Hay que decir que desde el punto de vista urbanístico el Plan General es el instrumento mas potente que disponemos para llevar adelante una política de protección. El punto de vista de los distintos Planes Generales elaborados en la ciudad han ido determinando cual ha sido el grado de protección de los huertos, al margen de la tala de palmeras que quedaba protegida por Ley
Ordenanzas municipales de 1951.
Con anterioridad a la época de los Planes Generales hay que citar las ordenanzas de 1951 en las que se aprueba por la Dirección General de Bellas Artes la primera Ordenanza municipal que pretende regular las construcciones en los Huertos: “Ordenanzas adicionales a la generales de construcción para regular la edificación en zona de palmerales”. Sólo contemplaba la posibilidad de parcelar y urbanizar los huertos preservando las palmeras, imaginándolos como una ciudad jardín: “podrán autorizarse urbanizaciones para transformarlas en jardines de palmeras residenciales”.
Esta ordenanza planteaba la construcción de viviendas aisladas de planta baja y piso en parcelas de dos tahullas (1.908 m2), con una ocupación del 10% y una altura máxima de 8 metros. El lento desarrollo económico de la época evitó que los huertos se convirtiesen en una ciudad jardín de lujo para las clases sociales más pudientes.
Se establecen algunos parámetros para la conservación de las palmeras como la densidad mínima de 45 palmeras por tahulla, la obligación de presentar en todo proyecto un plano general con el número de palmeras acompañado del proyecto de riego y la obligación de los propietarios del replanteo de las faltas por muerte de palmeras. La previsión por tanto de estas ordenanzas era la conversión de los huertos de palmeras en jardines privados asociados a viviendas residenciales. Se trata por tanto de convertir el palmeral en una Ciudad Jardín o más específicamente en un Parque Urbanizado.
Plan General 1962.
En 1962 se aprueba el primer Plan General adaptado a la Ley del Suelo de 1956. Es un plan cerrado, de crecimiento concéntrico, que delimita con absoluta determinación la ciudad y su crecimiento como una isla rodeada de rondas, completa los crecimientos hacia el este con lo cual los palmerales quedan definitivamente integrados dentro de la ciudad.
Este instrumento se caracteriza por una densidad y aprovechamiento excesivo, red viaria insuficiente, falta de previsión de zonas verdes y dotaciones, especialmente en la margen derecha.
Los huertos de palmeras quedan calificados como Zona de Palmerales, “constituirán esta Zona todos los Huertos de Palmeras existentes en el interior del recinto delimitado por el Plano General de Ordenación Urbana”.
En esta zona son de aplicación las ordenanzas de edificación anteriores permitiéndose el uso de vivienda “edificación de chalets a cuatro vientos tipo Ciudad-Jardín y pequeños bloques de edificación aislada”. Se amplían otros usos como son, “la enseñanza sin limitación y en determinados casos la Hostelería”, por primera vez aparece una mención a los usos públicos “los propios de jardines y parques incluso los de espectáculos”.
Alrededor de los huertos se delimita una zona de Protección de palmerales definida como sigue: “Constituirán estas Zonas espacios libres que por su situación frente a Huertos de Palmeras, se ha considerado conveniente conservar íntegramente en su estado actual como protección del paisaje”. Estas zonas se consideran de reserva y de edificación prohibida, pudiendo perder su carácter de reserva en caso de incorporarse al huerto que delimitan o la aprobación de un Plan de Urbanización del Sector
En este documento contempla los huertos como un cultivo agrícola en fase de transformación en ciudad jardín como se deduce de la siguiente descripción “las Normas,(…),puedan servir en su día como fundamentales de unas Ordenanzas definitivas de palmerales(,…),puedan estas zonas tener un aprovechamiento urbano y ser incorporadas en parte a espacios libres o de recreo (jardines o parques públicos) sin olvidar su posible destino para zonas culturales o residenciales, dada su situación dentro del recinto urbano”. Este aspecto de provisionalidad en la solución aportada por este plan también se observa en la siguiente afirmación “Podrá en su día establecerse una clasificación ordenada de tipos y categorías de huertos(.…), y de acuerdo con dichas categorías establecer una nueva ordenación definitiva”.
También es reseñable la valorización de los huertos como un elemento paisajístico al introducir las zonas de protección con prohibición de edificar, llegando incluso a aplicar esta categoría a “una faja de terreno de cultivo que delimite los huertos existentes en estas circunstancias, en un ancho no inferior a 50 metros”, se observa aquí también la transitoriedad de los huertos de cultivos a jardines urbanos.
Plan General 1973.
Corresponde al final de una época de gran desarrollo económico y urbano con lo cual es un plan ambicioso en cuanto al crecimiento de la ciudad estableciendo un desarrollo lineal este-oeste hacia Alicante y Crevillente.. De acuerdo con esta premisa desarrolla ampliamente los suelos urbanizables, y en menor medida el suelo urbano, recogiendo gran parte del planeamiento parcial del suelo urbano, entre ellos el Plan Especial de los Palmerales. Fue redactado por el excelente urbanista Javier Garcia Bellido.
Como se ha comentado asume el planeamiento anterior, dentro de sus principios de ordenación mantiene el concepto estético de “belleza natural”, así este plan afirma “Elche tiene el mayor palmeral natural de Europa”, destacando su “riqueza vegetal de valor nacional”, entendiéndolos como un elemento botánico natural y no como cultivo agrícola, además apunta que las medidas de protección a adoptar pudieran ser como un monumento histórico-artístico.
Incluye los huertos de palmeras dentro del subsistema de espacios verdes aprovechando su existencia para “un adecuado sistema de espacios verdes abiertos, a escala urbana”, con la mención por primera vez de la creación de una red de parques públicos, “que la riqueza de palmerales de Elche tenga una continuidad orgánica en otras zonas desérticas de la ciudad” mediante trazados lineales de espacios libres, incluso conectados con el campo denominado en la memoria como el “green belt” y añade “la Huerta penetre en el sistema urbano de un modo continuo”.
Aunque estas ideas no llegaron a concretarse es destacable la novedad que supone la visión de los huertos como un gran espacio dentro de la ciudad más allá de las típicos planos de zonificación, con un uso unitario a una escala que lo relaciona con el resto de zonas no construidas, más próxima a conceptos de ordenación del territorio y del paisaje.
Plan General 1986.
Con la llegada del primer Ayuntamiento democrático se plantea la revisión del planeamiento, que se aprueba definitivamente en 1986. El motivo de la revisión era el de corregir el fuerte déficit de equipamiento, adaptar el planeamiento a la nueva situación, tanto económica como política, y la protección del palmeral.
Este plan tenía las siguientes características: integración entre barrios, recuperación de suelo para equipamientos públicos y la sistematización de espacios públicos para mejorar la calidad urbana, más que opciones de futuros grandes crecimientos. Criterios comunes a otros planes de la época en un periodo de crisis que limitaba toda expectativa de crecimiento y con déficit de dotaciones y de espacios libres acumulados. Respecto a los palmerales, en el propio Avance del Plan establece el siguiente diagnostico “La superficie de suelo ocupada por los palmerales adosados al casco urbano ocupa en la actualidad 180 Has., (…), 60 Ha. de propiedad municipal, 10 Ha. Privadas de uso privado (residencial), 20 Ha. Privadas de uso colectivo (hotel, escuelas, Hort del Cura, etc.) y por último 90 ha. de huertos de cultivo (tradicionales) de propiedad privada”, por tanto todavía existían la mitad de los huertos sin incorporarse a usos urbanos.
De las diferentes opciones planteadas en el Avance, se propone la solución de la salvaguarda pública. En los palmerales edificados consolida la edificación con la protección de las palmeras y en los huertos no transformados, plantea la publificación mediante compra o expropiación. Estos últimos quedan calificados como: Espacios libres Públicos de Parques y Jardines y Espacios Libres Públicos equipados, con “la ocupación hasta un 15% de la superficie calificada para usos dotacionales”.
El plan delimitaba varias unidades de ejecución en suelo urbano en las cuales se incluían los huertos próximos, pero en su mayor parte el sistema de gestión previsto era por expropiación. En los Palmerales urbanos no incluidos en Unidades de Actuación se preveía la aportación de ayudas de otras administraciones que no se han producido, con lo cual la efectividad del plan ha quedado muy disminuida.
Por tanto este Plan supone un avance cualitativo con su propuesta de la conversión a propiedad pública para garantizar su supervivencia “conservación como parques”, aunque aún mantiene la idea de introducir usos dotacionales en el interior de los huertos de palmeras.
Plan General de 1998.
Este documento asume los principios de protección de los huertos de palmeras del anterior plan, entre ellos continuar con la política de adquisición “ir adquiriendo huertos abandonados de cultivo” y regula el paso a propiedad pública de la totalidad de los huertos urbanos aún no transformados y su integración en la red de espacios libres, mediante un mecanismo de gestión basado en la Ley 6/1994 LRAU.
Este procedimiento consiste en la delimitación de áreas de reparto discontinuas, de tal modo que los huertos se adscriben como suelo de cesión dentro de las áreas de reparto delimitadas en suelo urbanizable. El rápido desarrollo urbano de estos últimos años ha permitido la incorporación al patrimonio municipal de suelo de gran parte de los huertos de la zona urbana.
El vigente plan general ha originado una dinámica completamente diferente en cuanto a gestión y protección de los huertos de palmeras y propone como solución la utilización de los huertos como parques públicos. Este aspecto es el que resulta más problemático de su ejecución.
Nos referimos aquí, a los planes especiales de protección redactados para configurar una visión de los palmerales. Son los que han aportado puntos de vista en general más proteccionistas sobre los huertos.
Plan Especial de Ordenación de los Palmerales de Elche de 1972.
Como consecuencia del gran desarrollo urbano de la década de los 60 y las características del plan vigente, que densificó enormemente la margen derecha, los palmerales situados en la margen izquierda se vieron como una reserva para la creación de un centro multifuncional, que diese cabida a los parques y jardines y al equipamiento urbano que necesitaba la ciudad “Su incorporación urbana (…) no ofrece dificultad, y el transformar los bosques de palmeras en verdes públicos o privados, no implica la destrucción del propio bosque”, incorporando a la estructura urbana la realidad de un bosque de palmeras ya existente, “El verde de Elche está ya ubicado desde tiempo inmemorial”.
Este instrumento es sin duda el que más ha incidido en la actual configuración del palmeral urbano. Este plan constituyó más una solución a los problemas de la ciudad existente que una protección de los huertos de palmeras, según se recoge en la propia memoria “El Palmeral de Elche, considerado el mejor de Europa tiene que entrar, pues, en un procedimiento urbanístico que lo defienda y desarrolle según las urgentes necesidades de la Ciudad”.
Por primera vez se incluye en el documento la totalidad de los huertos de palmeras del término municipal. La zonificación planteada en el casco urbano queda en: Palmeral Verde Público, Palmeral Verde Social y Palmeral Verde de Reserva.
Esta clasificación ha supuesto la fragmentación de la masa de palmeras rompiendo la unidad del palmeral, sobre todo en la zona del verde social, en el cual se establecían seis subzonas “Jardín artístico, escolar, hotel, deportivo, religioso sanitario o residencia.” las cuales no quedaban determinadas en el plano sino que “El destino o clasificación de los huertos, (…), lo determinará su propietario, según el uso permitido en la zona de su ubicación”.
Este Plan se convirtió en un mecanismo que reguló una excesiva construcción en los huertos, con un incremento del número de dotaciones a costa de la pérdida de su estructura básica y de su identidad histórica y funcional de los huertos. La idea de jardín que aprovecha una plantación existente queda perfectamente constatada en la definición de la zona de Jardín artístico: “El huerto o palmeral quedará constituido como un jardín artístico, con trazados especiales, paseos, glorietas, caminales, especies arbóreas, esculturas, fuentes, etc., con predominio de la palmera.” También contempla la obligación de un proyecto de jardinería conjuntamente con el de edificación, con una densidad mínima de 35 palmeras por tahulla. Por tanto el objetivo de este plan consiste en “la defensa legal del patrimonio forestal de Elche, protegiendo su paisaje,(. ..), inspirada en incorporar a la estructura urbana,(...), la realidad de un bosque tan excepcional de palmeras”, sin dejar por ello de proponer por la transformación de una gran parte de los mismos como jardín privado, como se constata en la siguiente afirmación: “Pero queda fuera de toda duda que las zonas verdes pueden comprender además de superficies de suelo de propiedad o uso público, terrenos de propiedad privada”
Plan Especial de Protección de edificios, conjuntos arquitectónicos y lugares arqueológicos de 1983
El Plan Especial de Protección, de hecho fue la confección de un Catálogo de Edificios y Conjuntos a proteger que se ejecutó por Margarita López Bru y por mí mismo en el año 83 para dotar a la Corporación de un instrumento de protección del que carecía. El Plan fue un primer intento de proteger determinados elementos arquitectónicos que caracterizaban el centro histórico de Elche e impedir su demolición.
Respecto a los Palmerales, se recogieron datos y protegieron algunas casas tradicionales de los huertos, así como determinados elementos urbanos que conformaban los viejos caminales del Palmeral. En este sentido se protegieron los vallados y elementos de cerramiento de algunos huertos tradicionales.
Plan Especial de Protección del Palmeral.
En el año 2000 se declaran los huertos de palmeras Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, con ello se ha reconocido su gran valor artístico y cultural. Con esta premisa el Plan Especial de Protección identifica y protege los elementos estructurantes de los huertos, todo ello con el objeto de fijar estos elementos como piezas invariantes dentro de la unidad paisajística que forman.
Entre las medidas de protección introducidas se establece la protección específica de la estructura física de los huertos de palmeras, incluyendo alineaciones de palmeras, bancales y cultivos asociados; las construcciones como viviendas tradicionales y muros de cerramiento; y también los sistemas de riego y acequias. Todo ello con el objeto último de recuperar las alineaciones históricas y construcciones tradicionales perdidas.
También se redefinen los usos y edificabilidades en los huertos y parcelas calificados como equipamientos, rebajando la ocupación y el volumen edificado. Se amplia la zona de huertos en parcelas limítrofes mediante la plantación de palmeras siguiendo la estructura tradicional, con objeto de aumentar aun más el conjunto vegetal, completando los ámbitos ya existentes. Por último se potencia el uso turístico del palmeral, con la delimitación de itinerarios turísticos y la creación de nuevos puntos de centralidad, acompañado de actuaciones tendentes a mejorar la comunicación entre la trama urbana y la zona de huertos.
CONSIDERACIONES URBANÍSTICAS DEL ACTUAL PLAN GENERAL
En Elche podemos clasificar los huertos de palmeras por su situación respecto al núcleo de la ciudad en huertos urbanos y huertos dispersos, o sea, situados en el campo. La calificación urbanística de ambos palmerales, rurales o urbanos es distinta. Existen en la ciudad palmerales clasificados como suelo urbano, otros como suelo urbanizable y otros como no urbanizable.
El palmeral de Elche aparece en las normas y ordenanzas del plan general de Elche en un articulado diverso. Así, cuando habla de la Red de Equipamientos, el Plan nos dice que además de lo señalado con carácter general los equipamientos situados en palmeral deberán cumplir unas mayores limitaciones con respecto a la ocupación de la parcela y a la edificabilidad. Marca además la condición de que “La edificación deberá respetar, en cualquier caso la estructura tradicional del huerto existente”. Claro que si los bancales de un huerto quedan llenos de edificaciones ya no será un huerto.
En cuanto a la Red de espacios libres, el Plan piensa en la consideración de zonas de libre disfrute, declarando que para los palmerales históricos se deberá redactar un plan especial que regule este uso público del palmeral.
Por otro lado el Palmeral en el Plan General tiene otro tratamiento. Cuando se habla de la Regulación de suelo urbano el palmeral aparece como un elemento de morfología urbana. Así cuando trata de establecer las distintas zonas de suelo urbano aparecen las siguientes:
- Zona clave 1 : Raval
- Zona clave 2 : Casco Antiguo
- Zona clave 3 : Ensanche
- Zona clave 4 : Edificación abierta
- Zona clave 5 : Ciudad jardín
- Zona clave 6 : Edificación en Palmeral
- Zona clave 7 : Servicios
- Zona clave 8 : Edificación Industrial.
En la zona de edificación del palmeral el P.G. propone la edificación en vivienda unifamiliar, aunque admite como compatibles otros usos como Residencial público, Administrativo, Espectáculos y Actividades recreativas, Sanitario, Docente, Social, Religioso y Deportivo. Como vemos, salvo el uso industrial todo tiene cabida en el Palmeral.
EL PALMERAL EN LA ACTUALIDAD
Hemos visto, insistiendo en ello muchas veces, que durante el siglo XIX se produce la pérdida de la rentabilidad económica de los huertos de palmeras en Elche. Puede explicarse tal hecho reconociendo una dura crisis, ya que la Revolución Industrial supuso que el cultivo agrícola, artesano, que se realizaba en los bancales situados entre palmeras, no pudo sostener sus habituales prácticas agropecuarias por no ser ya competitivas. Así surge un gran espacio forestal ocupado por palmeras viejas, altísimas y bellas, con un valor cultural y paisajístico que identifica a Elche como un lugar de encuentro para amantes de ese milenario rito que consiste en vivir la historia del palmeral ilicitano.
Más he aquí un problema candente. Semejante situación exige contestar a una pregunta clave: ¿Qué se hace con dicho palmeral que se admira como reliquia? ¿Qué cabe programar para toda esta zona que rodea el casco histórico de la ciudad de Elche? Habrá por supuesto que admitir como se desarrollará en el tiempo. ¿Se elegirá transformarla en jardines públicos o se aceptará la existencia de una huerta tradicional dentro de la ciudad?
En principio el Palmeral, puesto que mantenía todos los elementos esenciales para convertirse en jardín público fue abocado a este camino. Y los huertos que lindaban con los barrios populares de Elche fueron enseguida transformados en jardines urbanos o en algo peor en dotaciones deportivas, escolares, etc. Y este jardín urbano que así nace remite a ese concepto genérico de “parque municipal” trazado con caminos con arena o grava, farolas, bancos, zonas infantiles de juego, kioscos, un restaurante e incluso una sala de fiestas. Evidentemente no se ha tomado en cuenta para nada la restauración de un monumento agrícola como es el antiguo “huerto de palmeras”, el cual está identificado y valorizado con unos elementos esenciales que lo caracterizan.
Y otro aspecto curioso que ha suscitado este palmeral, es el exceso de protección que ha reunido legislaciones tan diversas como las que se derivan de los intentos de salvaguarda debidos a la UNESCO, al Estado Español, a la Comunidad Valenciana y al Municipio de Elche. Este galimatías de textos proteccionistas diferentes, con puntos de vista distintos, bloquea muchas veces el tratamiento de esta zona tan importante para la ciudad de Elche.
LOS ERRORES URBANISTICOS DEL TRATAMIENTO POR EL PLANEAMIENTO DEL PALMERAL
En el Palmeral Histórico, como hemos visto, hay dos errores básicos en el planeamiento y la gestión hecha por el urbanismo al referirse a los huertos:
- Su tratamiento urbanístico como un territorio dotado de calificación y clasificación de usos.
- Su publificación pasando la propiedad a manos públicas.
- La necesidad de elaborar un Plan de un Plan de Gestión.
EL PALMERAL DEBE TENER UNA UNICA CALIFICACION Y CLASIFICACION UBANISTICA
La diversidad de calificaciones y clasificaciones para designar a los huertos debe desaparecer. Hay que decir que la nueva Ley del año 2014 sobre Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana, hace una previsión en el título primero sobre la Infraestructura Verde, el Paisaje y la ocupación racional del Territorio en la que define el termino Infraestructura verde:”La infraestructura verde es el sistema territorial básico compuesto por los siguientes espacios: los ámbitos y lugares de mas relevante valor ambiental, cultural agrícola y paisajístico…”. Es decir el Art.4 hace referencia de nuevo al Valor de los territorios y nos pide que aquellos de más alta valoración ambiental, cultural, agrícola y paisajístico se engloben en una única calificación urbanística. De nuevo en el Art.5 hace hincapié en que deben formar parte de la Infraestructura verde “las áreas agrícolas que por su elevada capacidad agrológica, por su funcionamiento respecto a los riesgos del territorio, por conformar un paisaje cultural identitario de la Comunidad Valenciana…”
De todo ello debemos decir que es imperativo clasificar los palmerales, al igual que los humedales que hemos estudiado en una unida calificación urbanística: la Infraestructura Verde. Además, se podría delimitar un parque cultural para aquellos huertos urbanos sometidos a protección por la UNESCO.
Esta nueva conceptualizacón como parque cultural debe tener en cuenta que descalificar espacios verdes y espacios dotacionales no es sencillo. Máxime cuando alguna Consellería como Educación vea que sus colegios quedan en situación de fuera de ordenación. Sería necesaria una planificación en el tiempo para lograr esa unificación de criterios respecto al ordenamiento del Palmeral. Porque a largo plazo entendemos que la única solución pasa por suprimir el aprovechamiento urbanístico a los huertos. La reversión de años entendiendo los palmerales como lugares de excelencia para colocar dotaciones, hace que sea necesario un amplio periodo de adaptación a las nuevas formas legales.
ES NECESARIO ARTICULAR MEDIDAS PARA RECUPERAR A LOS PALMEREROS
Hemos dicho a través de todo el trabajo que para el mantenimiento de un paisaje cultural del tipo estudiado es necesaria la preservación de la activad que se realiza. El caso del palmeral es paradigmático de esas actuaciones que llevan a la conversión en público de un espacio natural, sin preservar la actividad que se realiza. La ausencia de aquellos que cultivaban el palmeral ha llevado a una infinidad de huertos públicos sin un mantenimiento adecuado. En este sentido es necesario que el Ayuntamiento colabore con los palmereros. Esto se puede realizar mediante contratos de arrendamiento o colaboración en la conservación el paisaje. Lo esencial en esos contratos sería el mantenimiento de un paisaje a través de la actividad agrícola perdida.
HACE FALTA UN PLAN DE GESTION DEL PALMERAL
Hace falta concretar un Plan de Gestión de los huertos, que al igual que en los espacios naturales, o en los grandes monumentos, delimite que actuaciones son compatibles con el mantenimiento del palmeral. Para ello es necesario definir que usos pueden ser compatibles, y al decir usos lo decimos en un amplio sentido del término y no exclusivamente en su acepción urbanística. Es necesario regular desde el acceso hasta las modalidades de regadío permitidos o como combatir plagas que como el picudo pueden afectar la existencia del palmeral. Y hace falta un plan de sostenimiento económico de este paisaje esencial en el ser ilicitano. Entendemos que como cualquier espacio monumental debe este espacio natural, con sus matices caracterizados por ser elementos vivos sus componentes, disponer de un plan que asegure su gestión.
EL PALMERAL DISPERSO Y EL PAISAJE DIFUSO
Al analizar el paisaje de Elche nos encontramos con un tipo de paisaje que podemos comparar con el propuesto por la “Citta Difusa” recogida por algunos urbanistas italianos como Bernardo Secchi. Es la Ciudad Difusa una organización de características complejas con diversidad de usos y tipologías que sitúan fuera de la ciudad tradicional una amplia gama de actividades. En términos urbanísticos propios, la Ciudad Difusa, podemos decir que consiste en un territorio construido fruto de las Actuaciones Aisladas frente a la Ciudad Compacta que es un espacio que se ha construido por la acción de las Actuaciones Integradas.
Es fácil diferenciar el urbanismo de la ciudad de la ordenación del territorio rústico. Hay que decir que el urbanismo ciudadano trabaja en base a Actuaciones Integradas y su consecuencia es la transformación total del espacio que se pretende urbanizar. Este espacio, que con anterioridad era un espacio agrícola o simplemente un espacio abandonado, se convierte, mediante el planeamiento y su gestión, en suelo urbano. Y en este suelo nos encontramos por un lado con el espacio público, sin aprovechamiento, y de otro con el espacio privado (las parcelas edificables) dotadas de aprovechamiento y adjudicadas a los propietarios. Por el contrario, en el anteriormente llamado suelo rústico no se produce ninguna transformación urbana. Basta un mínimo de normas para definir perfectamente la edificación en suelo rústico. Y las mínimas infraestructuras que necesitan son pagadas entre los usuarios.
Hemos dicho al hablar del paisaje de Elche que éste era un secano, en medio del cual emergía un oasis de palmeras que rodeaba y caracterizaba la ciudad. Durante el siglo XIX, la creación del Hondo y la aparición de la compañía Riegos de Levante que ya hemos estudiado, supusieron un cambio total en el paisaje de Elche. De ser un casi desierto pasó a ser una huerta de regadío parangonable a otras del Levante español. Y esta modificación en el paisaje ilicitano, conllevó la aparición de un grupo cada vez mayor de viviendas rurales a la manera de la huerta. Al mismo tiempo comenzaron a aparecerlos palmerales dispersos agrupados en torno a una acequia de riego o a un camino. De esta manera se fue modificando el paisaje de Elche retratado por el pintor Carlos de Haes. De un palmeral puntual, agrupado en torno a un pozo con agua se pasa a una estructura lineal desarrollada en torno a una acequia.
Ya en los años sesenta se produjo el rotundo crecimiento de la ciudad de Elche pasando la base productiva del municipio de la agricultura a la industria de calzado. Si hasta ese momento la importancia de la agricultura en el producto interior de la ciudad era alta, a partir de ese momento se desplazaría a la industria quedando lo agrícola como residual. Y en ese momento se produjo un trasvase de personas del campo a la ciudad, para trabajar en las industrias de calzado.
A su vez unos años después, comenzó a gestarse un fenómeno de segunda residencia de personas que trabajaban en la ciudad pero querían pasar los fines de semana y las vacaciones en el campo. Amparados en la permisividad de una normativa que fijaba una parcela de 2.000 m2 para permitir la edificación de una vivienda agrícola comenzó el proceso de construcción masiva. Lo chocante del caso es que la superficie de la parcela mínima se hacia depender de la superficie necesaria para sobrevivir una familia, con lo que podemos construir que la magnificencia productiva de estas tierras fue motivo de llenarse de edificaciones unifamiliares. A su vez se instaló una red de agua potable en las partidas mas edificadas y las empresas suministradoras de luz dotaron al campo de suministro eléctrico. Se produjo de esta manera un elemento urbanístico novedoso: la edificación de parcelas aisladas sin exigencia de urbanización.
Esta ciudad difusa que fue apareciendo a partir de los años sesenta y que se constituyó en una alternativa a la ciudad compacta, fue generando un paisaje disperso en el que creció el arbolado y el palmeral. A veces las especies no fueron autóctonas. Por ejemplo se convirtió en norma plantar una araucaria delante de cada casa. Pero lo cierto es que gracias al nuevo aporte de agua (a veces regaban los jardines con agua potable) se logró impulsar el arbolado hasta la situación que hoy conocemos.
Podemos concluir diciendo que la ciudad difusa y el palmeral disperso son dos caras de una misma moneda: la llegada de agua al campo de Elche. Vemos por tanto, que existe una relación de mutua dependencia entre el agua y el regadío de un lado y la formación de palmerales dispersos y la creación de la ciudad difusa por otro. Pero en esta casi ciudad es esencial que no se pierda su característica agrícola.
Esta transformación de suelo sin contemplar urbanización alguna ni dotaciones es un elemento característico de nuestra zona. Y aunque el mecanismo no está contemplado en la legislación, no me parece mal si se determinan unos índices máximos de transformación, dejando un parte considerable de suelo agrícola.
En el tema del Palmeral, nos enfrentamos a un palmeral histórico, ligado a la ciudad compacta, que se ha convertido prácticamente en suelo público y un palmeral disperso que sigue inmerso en la ciudad difusa y que realmente es el único vivo. Porque podemos decir que ese campo edificado, con muy pocas normas a veces conserva y recrea mejor el paisaje que el huerto urbano, sujeto a todo tipo de protecciones. Como diría algún filósofo vitalista, la vida de los huertos se rebela ante la imposición de normas. Pero lo cierto hoy es que se queremos contemplar palmerales jóvenes y en proceso de crecimiento tenemos que ir al campo de Elche y acercarnos al Hondo. Así, que tal vez lo mejor para el campo e Elche es regularlo con pequeñas normativas cono esa que obliga a quien construye una unifamiliar a plantar en su parcela palmeras.
Respecto a los jardines ligados a la ciudad y que hoy son públicos puede contemplarse como hemos dicho la posibilidad que revierta el usufructo a manos privadas que se encargue de su cuidado. Pero la mayoría de los huertos habrá que transformarlos en jardines. Y es importante establecer criterios para transformar estos espacios. En primer lugar hay que entender que un palmeral es un mundo cerrado. Es fundamental que el riego discurra por entre sus caminales y que se cree un microclima. En definitiva estamos proponiendo un modelo de jardín andalusí en el que el agua y la geometría recreen las esencias que un día contuvieron los palmerales agrícolas de Elche.
Porque cuando se ha perdido la actividad que generaba ese espacio agrícola y se sitúa el palmeral en el lado de la ruina, es absurdo pretender que se continúe manteniendo el carácter agrícola. El palmeral solo puede pervivir transformado en paisaje. A su vez, ese paisaje solo cabe que nos recuerde el modelo de explotación agrícola andalusí, ligado a una cultura del oasis, que nos llegó desde otros pueblos norteafricanos. Y esa mezcla cultural de un elemento foráneo convertido en base productiva local, es muestra de una diversidad, convivencia y aceptación de mundos culturales distintos. Porque tal vez la esencia de esa España medieval, como ya señaló Américo Castro fuera la convivencia cultural.
LA GESTION DEL PAISAJE
Hemos mantenido que el paisaje remite a la formación de memorias grupales que suscitan la cohesión social interna de los grupos que mantienen planteamientos similares sobre un paisaje. Esto nos lleva a plantearnos las aspiraciones de esos grupos sociales respecto al paisaje y la comprobación que existe una cierta uniformidad. En caso de no ser así, es necesaria la participación en la toma de decisiones de aquellos grupos sociales que tienen visiones distintas sobre el paisaje.
Es necesario por tanto averiguar en primer lugar esta expresión de grupos sociales sobre el paisaje que a veces no es explicitada como un relato racional, sino que interfiere en el mundo de las creencias y las ideologías. La negociación se convierte por tanto en necesaria entre las distintas visiones, o sea, entre los distintos grupos sociales para decidir acciones sobre la planificación territorial. Resulta por tanto necesaria, la participación personal y social primero en la formulación del paisaje como visión, o como memoria colectiva; y en segundo lugar resulta esencial fijar las aspiraciones o propuestas sociales sobre diferentes paisajes.
Podemos introducir la relación entre la gestión del paisaje y la calidad de vida de las personas y los grupos sociales que pertenecen a estos paisajes, es decir de los paisanos. Y ello fundamentalmente debe estar ligado a un proceso de autoafirmación como grupo. Maslow, al jerarquizar en forma de pirámide las aspiraciones humanas sitúa en la cumbre los procesos de auto reconocimiento y afirmación. La confianza y respeto y por fin la auto realización son aspectos necesarios para la afirmación de la personalidad humana.
El reto de los próximos años consiste en introducir una gobernanza en torno a la gestión del paisaje y a la protección del mismo que involucre a la sociedad que lo hace posible. Sin el trabajo de la gente, los paisanos, nuestros paisajes no podrán perdurar. Y para ello es fundamental entender las políticas de protección del paisaje como algo profundamente diferentes a la protección medioambiental.
INTERVENCIONES SOBRE EL PAISAJE
Todos los paisajes deben ser tenidos en cuenta en la gestión, pero es importante que la Ordenación Territorial fije las necesidades de intervenir en paisajes deteriorados, hasta producir su transformación. También resulta conveniente fijar la conservación de aquellos paisajes que se desea preservar, teniendo en cuenta todo lo dicho sobre la necesaria evolución de los mismos como condición natural a su conservación. En el caso de los paisajes de aquello que hemos denominado la ciudad difusa, se pretende crear proporciones de transformación, entendiendo por tales que porcentajes del territorio que se pueden transformar en edificación residencial, que porcentajes deben perdurar como agrícolas y que territorios deben permanecer como palmerales dispersos.
Para la protección o conservación integral del paisaje no puede servir de modelo la conservación patrimonial, es decir, no podemos mantener una imagen inmóvil del paisaje, pues la propia dinámica evolutiva nos marca siempre una imagen cambiante y dinámica del paisaje.
En los paisajes que nos ocupan es necesario el mantenimiento de la actividad que genera el paisaje. Es preciso recoger tanto la preservación urbanística, en cuanto a la no posibilidad de ser desarrollado urbanísticamente como la necesidad de mantenimiento de las actividades que contribuyen a la generación de estos paisajes. Y muchas veces resulta más fácil el mantenimiento de estos paisajes mientras se mantiene la propiedad por parte de aquellos que contribuyen a la generación del paisaje. Es por tanto necesario establecer límites a la propiedad para lograr el mantenimiento de estos paisajes antrópicos
LOS ESPACIOS NATURALES DE ELCHE PRODUCTO DE LA EXPLOTACION HUMANA
Los tres espacios naturales que estudiamos en el caso ilicitano (El Hondo, Las Salinas y el Palmeral) son ejemplos de espacios naturales fruto de una explotación económica que ha modificado el paisaje. Son por tanto, lugares ligados a la economía y que sin embargo, mantienen o aumentan a través de su actividad su valor paisajístico.
Sabemos que en entornos hostiles o con recursos limitantes, la acción humana puede condicionar el ecosistema, dotándolo de una mayor disponibilidad; o sea saliéndose de un recurso que resulta condicionante, dando lugar así a otro espacio natural con mayor calidad paisajística.
La acción humana consolida por tanto espacios novedosos, ya que modifica la disponibilidad de recursos limitantes en áreas concretas. Esta nueva situación resultará estable mientras la actividad primaria sea rentable, produciendo ello una modificación en el paisaje y llegando a generar otra actividad secundaria. La problemática de tal situación radica en que esta segunda actividad, con el tiempo, adquiere mayor relevancia que la primaria; llegando incluso la primaria a desaparecer. Y hete aquí que desapareciendo la primaria, la segunda no puede subsistir por si sola, debiendo cargar la actividad secundaria con los costes necesarios para su supervivencia.
El Palmeral es un caso típico en el que el sistema agrario -en el cual se basó- ha quedado obsoleto. Su existencia se debe hoy día exclusivamente a los aspectos paisajísticos, sin que exista interferencia con la explotación primitiva, casi desaparecida. Sí que existe interferencia sin embargo, con los problemas urbanísticos derivados de la calificación como “suelo urbano” de los palmerales. Por otra parte también el agua es necesaria para la conservación de los palmerales, siendo, a su vez, un bien cultural, el propio sistema hidráulico que mantiene el regadío actual.
Referente a las Salinas constituyen un ejemplo de explotación mineral, con producción de sal común que se obtiene de la desecación de balsas las cuales se rellenan con agua del mar. La inundación de estas balsas arrastra pescados y mariscos que son aprovechados por aves migratorias las cuales vienen a detenerse de forma estacional en sistemáticas migraciones. La importancia de tales espacios para la conservación de la fauna avícola, sobrepasa su valor meramente económico como explotación de un recurso mineral; puesto que se convierte en lugar relevante para el descanso y alimentación de las aves.
El Hondo cuenta ser un humedal artificial que recoge agua de dos puntos: desde los azarbes que riegan la Vega Baja y por el bombeo conseguido con agua de la desembocadura del río Segura. Pero lo notorio es que además conserva las surgencias naturales del antiguo humedal. ¿Cómo se alimenta? El embalse artificial se rellena anualmente por los agricultores de la cooperativa de Riegos de Levante que lo mantienen cual reserva anual de aguas. Pero en los últimos tiempos, se ha producido un problema con el caudal ecológico que daba sustento al nuevo ecosistema. Y es que los agricultores, como propietarios del embalse, no han procedido al relleno por falta de rentabilidad de un agua que ya no podían utilizar como riego de sus campos. La Conselleria de Medio Ambiente ha obligado a mantener un nivel mínimo de agua, y ello no permite regular caudales a los regantes para amortizar la inversión que supone el bombeo. Así, al perder rentabilidad la actividad primaria por la regulación de caudales, se ha producido una grave alteración en la actividad secundaria en el ecosistema. Fue duro contemplar la sequedad en que amaneció hace unos años la laguna del Hondo. Con la mejor intención de proponer unos caudales mínimos para la cría de ciertas aves se llegó a la casi destrucción del paisaje.
Tenemos entonces una clara conclusión. Si mediante una regulación excesiva hacemos irrentable el sistema primario que ha dado lugar al nuevo ecosistema, ponemos en peligro la viabilidad y la sostenibilidad de ambos. El contrasentido parece claro. Si hacemos inviable la explotación de estos espacios naturales tendremos que cargar los costes de conservación a algún organismo de la administración que de cuenta de su mantenimiento. Así de simple es. De un espacio productivo se puede pasar a un espacio subvencionado.
Debemos resaltar además que mientras que en las salinas y el Hondo nos encontramos con una gestión que cuenta con un plan de ordenación de los recursos, el palmeral está exclusivamente sometido a una regulación urbanística. Entendemos que resulta necesario regular las actividades agrícolas que se desarrollan en los huertos o las actividades sustitutorias que en la actualidad se pueden mantener. Esto implicaría la redacción de un plan de usos y gestión de los huertos de palmeras que marque las actividades que se pueden practicar en el palmeral.
Hemos de apuntar que no existen soluciones establecidas para este tipo de paisaje entre las herramientas características de la legislación urbanística. Y es que es un tipo de paisaje híbrido, en el que la mezcla de usos de suelo es su mayor característica. Así, aunque predomina la vivienda unifamiliar vemos que en el campo de Elche, sucesivamente encontramos terrenos destinados a:
- Infraestructuras.
- Grandes dotaciones.
- Terrenos destinados a la agricultura.
- Terrenos destinados al arbolado y al palmeral disperso.
- Terrenos abandonados.
- Industrias y talleres.
- Centros comerciales.
- Pequeñas tiendas y restaurantes.
Entendemos que tratar de ordenar estos terrenos es tarea titánica. Tal vez la única manera de concebir un mínimo de orden sea la de CONTROLAR las proporciones en cada zona. Es decir decidir que terreno debemos dejar destinado a agricultura y espacios naturales y que terrenos podemos transformar para alcanzar la categoría de urbano. Y esto se puede establecer mediante porcentajes. Podemos afirmar por tanto, que en estos paisajes híbridos lo importante es fijar las proporciones:
- Proporciones del territorio que va a mantener su actividad agrícola.
- Proporción del territorio que se destina a arbolado y a la conservación o creación de palmeral disperso.
- Proporción de suelo que se puede semi-urbanizar estableciendo una parcela mínima para su transformación en residencial.
En cuanto a los terrenos no destinados a residencial es necesario fijar condiciones mínimas para la continuidad de la actividad. También es necesario fijar una regulación para nuevas actividades mucho mas diversa que la emanada de una Ley del Suelo que piensa que el suelo no urbanizable está vacío.
En cuanto al ámbito de actuación hay que señalar que no es fácil utilizar el concepto de Sector que proviene del urbanismo. Debe ser un ámbito más flexible que permita incluir territorios edificados mediante parcelaciones con densidades próximas a dos viviendas por hectárea, terrenos para nuevas edificaciones con una mayor densidad y espacios vacíos de edificación que pueden continuar con su cometido agrícola. A esta nueva figura de ordenación del territorio podríamos llamarla Recintos de suelo rural cuya ordenación debe ser básicamente paisajística.
Dicho esto también hay que añadir que estos territorios se adaptan mejor que la ciudad compacta a las exigencias del paisaje como generador de residencial turístico. Las capacidades de atracción que tiene el campo de Elche como paisaje son enormes y a su vez resultan complementarias con las propias de la ciudad compacta. Hay que negar la supuesta validez universal del modelo de planeamiento urbano basado en el crecimiento compacto y definido por piezas contiguas a las ya edificadas. Los paisajes campestres necesitan regulaciones novedosas en las que las transformaciones totales previstas en el urbanismo tradicional resultan estériles.
PROBLEMAS DE GESTION EN LOS PAISAJES ANTRÓPICOS PROTEGIDOS
Hemos dicho que uno de los puntos esenciales en la gestión de los parques culturales es la fijación de los derechos de propiedad. En cuanto a la propiedad hay que decir que desde un punto de vista jurídico contiene dos elementos distintos, la nuda propiedad y el usufructo que pueden llegar a separarse.
El otro punto esencial, que a su vez está conectado con el anterior es la necesaria fijación de la relación Persona que realiza una Actividad que ayuda a la conservación del paisaje con la propiedad del bien.
En el caso de los parques culturales en los que queremos mantener una actividad tenemos que decir que la nuda propiedad es mucho menos importante que el hecho de que el usufructo se mantenga en manos del que mantiene el sistema en explotación. Entendemos por tanto que aunque se publifiquen los terrenos, es fundamental mantener al sujeto que desarrolla su actividad vinculado al terreno. Es decir resulta esencial mantener la relación Sujeto-Trabajo-Paisaje y hacer que esta relación se prolongue aunque sea en condiciones distintas a las iniciales. Es necesario por tanto arbitrar formas de tratamiento de la propiedad distintas a las usadas en suelo urbano. Y formas de distribución y atribución de cometidos distintas las fórmulas reparcelatorias características del urbanismo.
En cualquier caso hay que decir que hacen falta mecanismos de cooperación entre lo público y lo privado para gestionar estos espacios con garantías. De esta manera es necesario implicar a los propietarios en una gestión cooperativa del paisaje.
En el caso de los palmerales nos encontramos con un espacio publificado. En el Hondo se trata de un espacio atendido por Riegos de Levante y en las Salinas por familias que atienden a la explotación.
Vemos varias posibilidades de gestión en espacios de características, que pasamos a enunciar. En todos los casos es necesario firmar un Contrato de Gestión del Paisaje mediante el cual a la actividad desarrollada se sumen los contenidos de cuidado del paisaje. Pero la situación es cambiante en función de quien detente la propiedad.
GESTIÓN INDIVIDUAL
En este caso se supone que la propiedad sigue perteneciendo a la persona. A este respecto hemos de decir que coincide la propiedad con el individuo que realiza la actividad que genera el paisaje.
Se trata de firmar un Contrato de Custodia del Paisaje con una persona física o jurídica en la que se impondrán unas servidumbres de uso en las que marcarían las condiciones de explotación del territorio. Tramos de imponer una serie de condiciones de uso a la propiedad hasta hacer compatible la actividad con la conservación del paisaje. La imposición de algunas de estas servidumbres puede ocasionar derechos indemnizatorios.
El propietario sigue disfrutando de la propiedad y puede obtener una renta. La imposición de servidumbres y la obligación de mantener el paisaje puede enjugarse con la aportación de ayudas por parte de la administración.
GESTIÓN COLECTIVA
GESTIÓN COLECTIVA
Es similar al caso anterior, pero en este caso el contrato de mantenimiento del paisaje se firma con una sociedad que agrupa a los que realizan una actividad y que a su vez regula los conflictos internos.
Es la posibilidad que parece puede tener mejor funcionamiento, ya que la sociedad que firma el contrato gestiona la cooperación entre los socios y puede obtener los mejores resultados.
En Elche es tradicional la gestión colectiva del agua que agrupa a los agricultores en las sociedades de regantes. Es con estas sociedades con las que hay que firmar los Contratos de Custodia del Territorio ya que resultan ser los que con más facilidad se adaptan a los fines perseguidos.
LA GESTIÓN DIRECTA POR LA ADMINISTRACION
Es un mecanismo intermedio que proponemos, en el que se publifica el uso para ciertas actividades. Ese uso puede estar gestionado por la administración directamente o puede salir a concurso para que sea gestionado desde una empresa privada. Se trataría de llegar a una expropiación del uso del terreno sin menoscabo de la nuda propiedad. Evidentemente habría que indemnizar a la propiedad por la expropiación parcial efectuada.
PROBLEMÁTICA CUANDO LA PROPIEDAD ES PUBLICA
En este caso previamente se ha producido una expropiación o una compra en la que la administración se ha quedado con la nuda propiedad y con el usufructo. La administración solo dispone de la vía de la Concesión en la que se transfiere la administración del territorio vía concesión administrativa por un plazo determinado inferior al que marque le ley. En caso de incumplimiento o extinción el contrato puede salir de nuevo a concurso. Por último y solo en situaciones extremas se debe constituir una empresa municipal que se haga cargo de la explotación del paisaje en el territorio.
Es lo que ha sucedido en Elche con la adquisición de palmerales, efectuada bien por compra directa o mediante los mecanismos urbanísticos del aprovechamiento tipo al asignar la cesión de palmerales a los distintos sectores de suelo urbanizable. Esta carga urbanística que podía parecer elevada se ha desarrollado considerablemente en estos años del boom constructivo. El problema surge cuando el Ayuntamiento se convierte en el mayor propietario de los huertos de palmeras y debe dedicarse a la agricultura para mantener ese paisaje. Al eliminar a los autentico huertanos que al cultivar los huertos mantenían vivo el palmeral es necesario hoy que el Ayuntamiento contrate el mantenimiento de esas actividades agrícolas necesarias para preservar un paisaje.
INFRAESTRUCTURA VERDE
La Infraestructura Verde es el sistema básico de ordenación territorial en la Comunidad Valenciana. Comprende “los ámbitos y lugares de más relevante valor ambiental, cultural, agrícola y paisajístico; las aéreas críticas del territorio cuya transformación implique riesgos o costes ambientales para la comunidad; y el entramado territorial de corredores ecológicos y conexiones funcionales que pongan en relación todos los elementos anteriores.” (LOTUP)
Podemos decir que la Infraestructura Verde es el concepto más fuerte que ha sobrevivido de la ordenación anterior (LOTPP). Hay que entender que es el elemento legal que con mayor intensidad sirve para proteger el Paisaje. Aunque en principio parece proteger solo a aquellas áreas que ya cuentan con una protección paisajística, entendemos que queda abierta a la incorporación de nuevos elementos con los que llegar a elaborar una fundamental “Estructura del Paisaje”. En este sentido hay que decir que al transformar el paisaje en un elemento infraestructural queda objetivado, convertido en parte esencial de la estructura del territorio, propio por tanto de la Ordenación General Estructural y competencia por tanto de la Generalitat.
La Infraestructura Verde, tal y como aparece se convierte en un saco que hay que llenar con los elementos diversos que proceden de la visión ecológica, de la visión patrimonial arquitectónica, de la visión urbanística y de la visión paisajística. Además deja sin aclaración el problema de la gestión de los suelos incorporados a la Infraestructura Verde que no es abordado por la Ley. Por otro lado la Infraestructura Verde hace mención a que pueden incorporarse suelos urbanos y no urbanizables sin matizar entre ambos. Es por tanto necesario un proceso de aclaración que establezca las diferencias urbanísticas entre estos tipos de suelo tan diversos.
Desde nuestro punto de vista entendemos que la Infraestructura Verde debe matizar entre aquellos terrenos protegidos que de un modo natural pueden preservarse sin grandes contribuciones como pueden ser bosques naturales, de esos otros territorios como los tratados en esta tesis, que necesitan de elevadas contribuciones humanas para pervivir. Porque la Infraestructura Verde necesitará de una Gestión para poder sobrevivir.
El documento primero para confeccionar un futuro PG de Elche será la Infraestructura verde y en él debe figurar el conjunto del palmeral con la clasificación y calificación de Palmeral como condición única. A su vez sobre el Palmeral cabe una ordenación de tipo Parque Natural que debe conllevar sus condiciones de gestión.
1 Ortiz Mayordomo “análisis paisajístico del palmeral de Elche”
2 Ortiz Mayordomo: “Análisis paisajistico del palmeral de Elche”
LAS ENTRADAS DEDICADAS:
Ley del Palmeral. Alegaciones de Ruskin Coffee (1)
Retomando el hilo de las alegaciones a la Ley del Palmeral, con idea de formar un dossier con el texto de Gaspar Jaen "Paisaje en ruinas" y las alegaciones presentadas por El Margalló y APELX ya publicadas, le toca ahora el turno a *Ruskin Coffee*, una agrupación local de arquitectos. La entrada del blog amo arquitectura dedicada nos proporciona elementos para entender que es y que objetivos tiene Ruskin Coffee, cuyo texto reproduzco: *Ruskin Coffee*, laboratorio de* ideas urbanístico*, es un grupo de *arquitectos* con inquietudes y deseos de
Ley del Palmeral: alegaciones de APELX
A nadie se le escapa la importancia de una buena normativa de protección y desarrollo del Palmeral en nuestro término municipal. En estos momentos estamos ante la posibilidad de contribuir a mejorar la ley y las disposiciones administrativas bajo las cuales se pueda garantizar la tutela de nuestro paisaje urbano ya que el Ayuntamiento ha abierto cauces de participación a las asociaciones y personas cualificadas que puedan aportar ideas. Por eso, como material de reflexión voy a ir publicando entradas relacionadas con el Palmeral hasta llegar a constituir un dossier de documentos a ... más »
Las alegaciones del Margalló al anteproyecto de Ley del Palmeral de Elche
El lunes 27 de noviembre finalizó el plazo de presentación de alegaciones al anteproyecto de la *Ley de protección del Palmeral de Elche*. Desconozco si otras entidades y asociaciones han presentado también sus observaciones pero El Margalló lo ha hecho y he participado puntualmente en su redacción así que las suscribo plenamente y en su totalidad. No me voy a extender demasiado sobre su importancia porque creo que los seguidores del blog saben lo suficiente, pero si quiero comentar un tema que ha despertado cierta polémica como la inclusión del encaperuzado de palmeras... más »
Paisaje en ruinas. Un artículo de Gaspar Jaén i Urban acerca del Palmeral
Publicado originalmente en inglés en la revista "C*ulture, language and representation*" (issue vol.1, num. 17, 2017), la rabiosa actualidad del tema y la importancia de la valoración de quien escribe (para mí una de las voces autorizadas para hablar del palmeral) me hizo proponer al autor publicar la versión en castellano del artículo. Gaspar Jaen me dijo que lo escribió directamente en inglés, pues de hecho fue una lección o exposición en Bristol, así que le encargué a mi hija (traductora ocasional) que lo pasara a la lengua del imperio*. *El resultado, previa autorización es lo ... más »mejora de su entorno. Este grupo de *pro... más »
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